Paso 1
¿Dónde tienes que estar el día que presentas la solicitud de residencia en España: en el extranjero o en España?
El lugar de presentación lo fija la norma de cada vía. El visado de residencia se presenta en persona en el consulado de la demarcación donde vive el solicitante (artículo 26 del RD 1155/2024) [1]. La no lucrativa se tramita solo por el consulado (artículo 63) [1]. La autorización por la Ley 14/2013, DNV incluido, puede pedirse desde España con estancia legal (artículo 74 quinquies) [2]; la UGE confirma en sus respuestas que desde el país de origen se pide el visado, no la autorización [3].
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Dónde, cómo pedir cita, documentos, coste, plazo
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- Consulado de tu demarcación, o la UGE y la Oficina de Extranjería en España
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- prueba de estancia legal en España, si presentas desde España
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- se decide antes de reunir el expediente: de ello depende la lista de documentos
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Comprobado con la fuente el 03.10.2026. Es una orientación, no un dictamen jurídico.
