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Real Decreto 1155/2024: qué es y qué ha cambiado en 2026

El Real Decreto 1155/2024 es el nuevo reglamento de la ley de extranjería, en vigor desde el 20 de mayo de 2025. Sustituyó al reglamento de 2011; en 2026 se modificó en parte y un tribunal anuló algunas de sus normas.

Material informativo, no un dictamen jurídico individual. Las condiciones dependen de cada situación concreta y pueden cambiar.
En resumen
  • El Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre aprobó el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000: BOE del 20.11.2024, en vigor desde el 20.05.2025, seis meses después de su publicación [1].
  • Derogó el Reglamento aprobado por el Real Decreto 557/2011 y consta de 265 artículos en 15 títulos (en el momento de su aprobación) [1].
  • Las autorizaciones y tarjetas vigentes el 20.05.2025 mantienen su validez; las solicitudes presentadas antes se resuelven con las normas anteriores, salvo que el solicitante pida que se apliquen las nuevas [1].
  • El Real Decreto 316/2026, de 14 de abril (en vigor desde el 16.04.2026), introdujo modificaciones puntuales: arraigo, régimen de los familiares de ciudadanos españoles, modificación de la estancia y las nuevas disposiciones adicionales 20 y 21 [2].
  • El Tribunal Supremo, en sentencias del 8 y el 29 de julio de 2026 (BOE 22.09.2026), anuló varias disposiciones, entre ellas el artículo 197.2 sobre la presentación electrónica obligatoria [3][4].

¿Qué es el Real Decreto 1155/2024?

El Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, es la norma del Gobierno de España que aprobó el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, es decir, el reglamento que desarrolla cómo se aplica la ley sobre derechos y libertades de los extranjeros y su integración social. Se publicó en el BOE n.º 280 del 20 de noviembre de 2024 y entró en vigor el 20 de mayo de 2025 [1]. El Reglamento anterior (Real Decreto 557/2011) quedó derogado [1]. Lo aplican los órganos que tramitan extranjería: Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, consulados y policía.

El Reglamento está por debajo de la ley. Cuando un tribunal considera que una norma del reglamento contradice la ley o no está justificada, puede anularla, y eso es lo que pasó en 2026. Por eso hay que leer el texto consolidado del BOE, actualizado a 22 de septiembre de 2026 [1].

¿Qué ha cambiado respecto al Reglamento de 2011?

Abajo están los cambios que el propio Gobierno señaló en la parte expositiva. No es una lista completa, sino una guía para preguntar a un abogado [1].

TemaQué dice la parte expositiva
Estructura265 artículos, 15 títulos, 19 disposiciones adicionales al aprobarse
VisadosEl título II se dedica ahora por completo a los visados: los requisitos generales los valora el consulado y los específicos de cada autorización, la oficina de extranjería
Estancia por estudiosSe precisan los tipos de estudios y se prevé el Registro de Instituciones y Centros de Enseñanza Superior
ArraigoCinco tipos: segunda oportunidad, sociolaboral, social, socioformativo, familiar; la permanencia exigida se reduce a dos años, salvo en el familiar; todos los titulares pueden trabajar
Familiares de ciudadanos españolesRégimen propio, fuera del arraigo familiar
TrabajoSe permite trabajar por cuenta propia a la vez que por cuenta ajena como actividad principal
Reagrupación familiarEdad mínima para reagrupar al cónyuge: 18 años

La parte expositiva indica también que la Tarjeta azul-UE y otras figuras pasan a regularse en la Ley 14/2013 [1]. Ahí está también el DNV: sus requisitos y procedimiento los fijan los artículos 74 bis - 74 quinquies y 76 de la Ley 14/2013, no el Reglamento [5]. Cómo se aplican al DNV las normas generales del Reglamento lo comprueba un abogado en cada cuestión.

¿Qué pasa con las autorizaciones y solicitudes anteriores?

La disposición transitoria primera del Real Decreto mantiene la validez de las autorizaciones y tarjetas vigentes el día de su entrada en vigor [1]. Según la disposición transitoria segunda, las solicitudes presentadas antes del 20 de mayo de 2025 se resuelven con la normativa anterior, salvo que el solicitante pida que se aplique el nuevo Reglamento y acredite que cumple sus requisitos [1]. Si conviene pedirlo depende del caso: es una decisión para un abogado.

¿Qué cambios ha habido después de 2025?

El Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, publicado el 15 de abril y en vigor desde el día siguiente, modificó el Reglamento de forma puntual: los familiares de ciudadanos españoles pueden ahora solicitar desde España en más supuestos (hijos mayores de 18 años y padres), se precisaron los requisitos del arraigo y de la modificación de la estancia, se introdujeron una autorización provisional para trabajar en el arraigo sociolaboral y renovaciones más flexibles, y se añadieron dos nuevas disposiciones adicionales: la 20 y la 21 [2]. Estas permitían solicitar el arraigo a determinados colectivos (entre ellos, solicitantes de protección internacional anteriores al 1 de enero de 2026 y personas que estaban en España antes de esa fecha) solo hasta el 30 de junio de 2026 [2].

Después, el Tribunal Supremo anuló parte de las disposiciones a raíz de recursos de organizaciones sociales. La sentencia de 8 de julio de 2026 (recurso 19/2025) declaró nulas, por ejemplo, parte de las normas sobre empresas de trabajo temporal para trabajos de temporada, salvedades en los artículos sobre familia y, en algunos supuestos, la denegación automática por antecedentes penales sin valoración individual. La sentencia de 29 de julio de 2026 (recurso 21/2025) reiteró la anulación del artículo 197.2 [3][4]. Ambas se publicaron en el BOE el 22 de septiembre de 2026 [3][4].

El artículo 197.2 obligaba a presentar por vía electrónica, entre otras, las prórrogas de estudios y la renovación no lucrativa. Más sobre la práctica: qué es la sede electrónica y cómo presentar documentos en ella. Dónde seguir los nuevos cambios lo explica el artículo dónde consultar las normas vigentes de residencia.

¿Qué significa esto para tu caso?

La conclusión general es una: en 2026 las normas se corrigieron dos veces, y el propio texto consolidado del BOE advierte de que tiene carácter informativo y de que para fines jurídicos hacen falta las publicaciones oficiales [1]. Para el DNV, los requisitos básicos siguen en la Ley 14/2013; para el arraigo, los estudios, la familia y el trabajo por cuenta ajena se aplica el Reglamento en su redacción de 2026, sin las disposiciones anuladas.

Qué versión de la norma está vigente en la fecha de tu solicitud hay que comprobarlo artículo por artículo. Hay artículos aparte sobre los tipos de arraigo, el cambio de tipo de residencia y la consulta del estado del expediente; el procedimiento de renovación se describe en la hoja de ruta de renovación, y un panorama general de las vías está en la página residencia en Barcelona.

No hemos encontrado una tabla oficial de «qué ha cambiado hasta hoy», así que la lista de arriba se ha hecho a partir de las partes expositivas y del texto de las sentencias.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entró en vigor el Real Decreto 1155/2024?
El 20 de mayo de 2025: seis meses después de su publicación en el BOE el 20 de noviembre de 2024 (disposición final cuarta). Desde esa fecha rige el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, y el anterior Real Decreto 557/2011 quedó derogado. Las autorizaciones concedidas antes de esa fecha mantienen su validez (disposición transitoria primera). [1]
¿Qué es el Reglamento de extranjería?
La norma reglamentaria que explica cómo se aplica la Ley Orgánica 4/2000: qué tipos de visados y autorizaciones existen, qué requisitos y procedimientos tiene cada uno, cómo se renuevan y cómo se recurren. Desde mayo de 2025 es el Real Decreto 1155/2024, con las modificaciones de 2026. [1][2]
¿Qué pasa con una solicitud presentada antes del 20 de mayo de 2025?
Según la disposición transitoria segunda, esa solicitud se resuelve con las normas vigentes en la fecha de presentación, salvo que el solicitante pida que se aplique el nuevo Reglamento y acredite que cumple sus requisitos. Si conviene pedirlo depende del caso. [1]
¿Afecta el Real Decreto 1155/2024 al DNV?
Los requisitos del DNV están en la Ley 14/2013 (artículos 74 bis - 74 quinquies y 76). El Reglamento influye en cuestiones generales: documentos, TIE, renovaciones, recursos. Cómo se aplica exactamente a tu caso de DNV depende de la situación, y conviene comprobarlo con un abogado antes de presentar la solicitud, no después. [1][5]
¿Qué anuló el Tribunal Supremo del Real Decreto 1155/2024?
La sentencia del 8 de julio de 2026 anuló, entre otras cosas, parte de los artículos sobre familia y trabajos de temporada y la denegación automática por antecedentes penales sin valoración individual; la sentencia del 29 de julio reiteró la anulación del artículo 197.2 sobre la presentación electrónica obligatoria. Ambas se publicaron en el BOE el 22 de septiembre de 2026. La lista completa está en el texto. [3][4]

Fuentes oficiales

  1. BOE · Real Decreto 1155/2024, texto consolidado (22.09.2026) ↗
  2. BOE · Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1155/2024 ↗
  3. BOE · Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 2026 (BOE-A-2026-19632) ↗
  4. BOE · Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de julio de 2026 (BOE-A-2026-19633) ↗
  5. BOE · Ley 14/2013, artículos 74 bis - 74 quinquies y 76 ↗

Fuentes consultadas el 02.10.2026. Los textos consolidados y las páginas de referencia de los organismos tienen carácter informativo: la aplicación jurídica depende de las publicaciones oficiales, las modificaciones y las circunstancias concretas. Material revisado por el abogado Francisco Romero Jiménez (ICAB 33641) el 21.10.2026.

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