Renovación · hoja de ruta
Renovación de la residencia en España: hoja de ruta desde el plazo de solicitud hasta la larga duración
La renovación se pide dentro de un plazo en torno a la fecha de caducidad: por regla general, dos meses antes y hasta tres meses después. Abajo tienes un esquema de diez pasos: el plazo, los documentos según el tipo de autorización, la presentación, la respuesta, la TIE, qué hacer si se te pasa el plazo y cómo llegar a la larga duración y a la nacionalidad.

En resumen
- Plazo de solicitud
- 2 meses antes
y hasta 3 meses después de la caducidad, con riesgo de multa de hasta 500 € - Solicitud en plazo
- La autorización sigue vigente
la anterior se prorroga hasta la resolución y sigues en situación regular - Plazo de respuesta
- 3 meses
en no lucrativa, trabajo, cuenta propia y familia, el silencio es positivo; en estudios, un mes y silencio negativo - Por cuánto tiempo
- 2 o 4 años
no lucrativa 2 años; trabajo, cuenta propia y familia 4 años; DNV 2 años; arraigo 1 año - Tasa
- 16,40 €
modelo 790; TIE en la renovación 19,30 €; el importe de la renovación de la DNV, compruébalo en la página del organismo - DNV
- Reglas propias
Ley 14/2013, artículo 76: 90 días después de la caducidad; la ley no fija plazo previo
Para quién es esta ruta
Esta ruta es para quien tiene una autorización de no lucrativa, trabajo por cuenta ajena, cuenta propia, reagrupación familiar, estudios, arraigo o DNV a punto de caducar, y para quien la tiene caducada desde hace menos de tres meses. Los plazos son casi iguales en todos los casos; cambian el sentido del silencio y la duración de la renovación.
| Base legal | Plazo de solicitud | Si la administración no responde | Por cuánto tiempo |
|---|---|---|---|
| No lucrativa (art. 64) | 2 meses antes, 3 después | Concedida a los 3 meses | 2 años |
| Trabajo por cuenta ajena (arts. 80, 81) | 2 meses antes, 3 después | Concedida a los 3 meses | 4 años |
| Cuenta propia (arts. 86, 87) | 2 meses antes, 3 después | Concedida a los 3 meses | 4 años |
| Reagrupación familiar (art. 71) | 2 meses antes, 3 después | Concedida a los 3 meses | 4 años |
| Arraigo (art. 132) | 2 meses antes, 3 después | El artículo no lo indica | 1 año, familiar 5 años |
| Estudios, prórroga (art. 55) | 2 meses antes, 3 después | Denegada a 1 mes | Hasta un año |
| DNV (Ley 14/2013, art. 76) | Antes de la caducidad no se fija, después 90 días | El artículo 76.3 no lo indica | 2 años |
Si han pasado más de tres meses desde la caducidad, el plazo está cerrado: empieza por el artículo sobre la renovación fuera de plazo. El cambio de tipo de autorización se explica en ¿se puede cambiar el tipo de residencia?; el servicio relacionado es renovación y residencia de larga duración.
Renovación de la residencia en España: esquema en 10 pasos
Localiza la fecha de caducidad y tu tipo de autorización
Del vencimiento y del tipo de autorización dependen el plazo, el impreso y los documentos.
Cuándo pedir ayuda: las fechas de los documentos no coinciden o ya has cambiado de tipo de autorización.
Calcula tu plazo de solicitud
Presentar en los dos meses anteriores a la caducidad prorroga la autorización anterior hasta la resolución. Presentar en los tres meses posteriores también la prorroga, pero la administración puede abrir un expediente sancionador.
Cuándo pedir ayuda: el plazo ya se ha cerrado o tu tipo de autorización tiene reglas especiales. Más: cuándo pedir la renovación.
Comprueba que sigues cumpliendo los requisitos de tu autorización
La autorización se renueva mientras se cumplan los requisitos que dieron derecho a ella. La administración puede pedir que lo acredites.
Cuándo pedir ayuda: han cambiado tus ingresos, tu trabajo o tu familia. Más: ausencias largas y medios económicos en la no lucrativa.
Reúne los documentos y, si hace falta, el informe de integración
Todas las renovaciones comparten una base: la solicitud en el impreso oficial, copia del pasaporte completo y la tasa pagada. El resto depende del tipo de autorización. Si no se cumple algún requisito, ayuda un informe de integración favorable.
Cuándo pedir ayuda: necesitas el informe de integración o documentos de varios países. Más: informe de integración en Cataluña.
Paga la tasa
La tasa se paga con el modelo 790 y el código depende del tipo de autorización. Guarda el justificante: sin él cuesta demostrar que presentaste en plazo.
Cuándo pedir ayuda: no estás seguro del código. Un error cuesta tiempo y dinero.
Presenta la solicitud
Por la sede electrónica o, en algunos tipos de autorización, en persona en la Oficina de Extranjería. El Tribunal Supremo anuló el 8 de julio de 2026 la presentación electrónica obligatoria para la lista del artículo 197.2, así que comprueba la vía el día que presentes. La DNV se presenta por vía electrónica ante la UGE.
Cuándo pedir ayuda: no está clara la vía de presentación, hay riesgo de requerimiento o algún requisito de tu autorización está en duda.
Espera la resolución y responde a los requerimientos
En no lucrativa, trabajo, cuenta propia y familia, tres meses de silencio equivalen a la concesión. En estudios el plazo es de un mes y el silencio es negativo. Según las hojas informativas del ministerio sobre no lucrativa y trabajo, a petición del interesado se expide un certificado de renovación por silencio.
Cuándo pedir ayuda: requerimiento sobre el fondo, denegación o recurso.
Saca la nueva TIE y planifica tus viajes
Si se renueva la autorización, la TIE se solicita en persona en el plazo de un mes desde la notificación (artículos 64 y 81). El billete no acredita el derecho a volver a entrar, y la tarjeta puede estar caducada durante la renovación.
Cuándo pedir ayuda: el mes para la tarjeta está a punto de acabar o necesitas salir de España durante la tramitación.
Si se te ha pasado el plazo: qué hacer
Hasta tres meses después de la caducidad, presenta la solicitud enseguida: la autorización se prorroga y la multa por infracción leve llega a 500 €. Pasados tres meses el plazo está cerrado: es una infracción grave con multa de 501 a 10.000 € (artículos 52, 53 y 55 de la Ley Orgánica 4/2000).
Cuándo pedir ayuda: han pasado más de tres meses, has salido al extranjero o tienes otros trámites en curso.
Seguir renovando o pasar a larga duración
Tras cinco años de residencia legal continuada, en lugar de renovar puede encajar la larga duración (artículo 183 del Reglamento). Las ausencias de hasta seis meses seguidos no rompen la continuidad si en total no superan diez meses en cinco años.
Cuándo pedir ayuda: tienes ausencias largas, huecos entre autorizaciones o exámenes de nacionalidad. Más: residencia temporal o de larga duración y larga duración.
Errores habituales en esta ruta
- Creen que los plazos son iguales para todas las autorizaciones: la DNV y los estudios tienen reglas propias.
- Dejan la solicitud para los últimos días del plazo, luego llega un requerimiento y faltan certificados.
- Toman los tres meses de «margen» como tiempo de sobra: puede haber multa.
- En la no lucrativa acreditan medios para un mes en lugar de para todo el periodo de renovación, y el seguro termina antes.
- No aportan el certificado de escolarización de los hijos en edad obligatoria.
- No guardan el justificante ni la copia del expediente, y no tienen cómo demostrar que presentaron en plazo.
Preguntas frecuentes
¿Con cuánta antelación se pide la renovación de la residencia en España?
¿Puedo pedir la renovación con la autorización ya caducada?
¿Qué pasa si la administración no responde a tiempo?
¿Cuánto cuesta renovar la residencia?
¿Por cuántos años se renueva la residencia?
¿Qué hago si me deniegan la renovación?
Revisar tu caso
Si la fecha de caducidad está cerca, han cambiado tus circunstancias o se te ha pasado el plazo, revisa tu caso antes de presentar. Primera consulta: 15 minutos gratis. Consulta individual completa: 121 € por 45 minutos. La gestión se presupuesta aparte; tasas y traducciones se pagan por separado y el recurso no está incluido. No prometemos la concesión: decide la administración. ReloVictory es un centro de reubicación, no un despacho de abogados: la parte jurídica la lleva el abogado del equipo, y las cuestiones fiscales y administrativas, la especialista fiscal y administrativa (graduada social).
Artículos relacionados
Fuentes
- BOE: Real Decreto 1155/2024, artículos 55, 64, 71, 132, 183, 197
- BOE: Ley 14/2013, artículo 76 (renovación de la DNV)
- BOE: Ley Orgánica 4/2000, artículos 52, 53, 55
- BOE: Ley 39/2015, artículo 68
- BOE: Código Civil, artículo 22
- BOE: Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 2026
- BOE: Orden PJC/617/2025, tasas
- Ministerio de Inclusión: hoja 7, no lucrativa
- Ministerio de Inclusión: hoja 13, trabajo por cuenta ajena
- Ministerio de Inclusión: hoja 15, cuenta propia
- Generalitat de Catalunya: informe d'esforç d'integració
Fuentes comprobadas el 3 de octubre de 2026. Las hojas informativas son orientativas; se aplica la norma vigente el día de la presentación. Los importes de la orden PJC/617/2025 se actualizan con la ley de presupuestos; compruébalos en el modelo 790 antes de pagar. Este material es informativo y no sustituye una consulta. Datos de la DNV actualizados el 01.10.2026.
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