- La autorización de residencia en España (residencia temporal) se concede por más de 90 días y menos de cinco años; la «residencia permanente» en el sentido ruso (PMZh) corresponde a la residencia de larga duración, que es indefinida [1].
- La larga duración puede ser de dos tipos: nacional (artículo 182 del Reglamento) y larga duración-UE (artículo 175). Ambas permiten residir y trabajar de forma indefinida en las mismas condiciones que los españoles [1].
- Por regla general, se necesitan cinco años de residencia legal y continuada antes de presentar la solicitud. Se admiten ausencias de hasta seis meses seguidos, pero no más de diez meses en total en cinco años (hasta dieciocho si las salidas son por trabajo) [1].
- La TIE del residente de larga duración se renueva a los cinco años, después cada cinco años hasta que el titular cumple 30 y cada diez años a partir de los 30; la caducidad de la tarjeta no extingue el estatus [1].
¿Qué es una autorización de residencia en España?
La autorización de residencia en España es la residencia temporal: el permiso para estar en el país más de 90 días y menos de cinco años. Así la define el artículo 60 del Reglamento (Real Decreto 1155/2024) [1]. Incluye la no lucrativa, la reagrupación familiar, el trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia, las autorizaciones sin derecho a trabajar y los familiares de ciudadanos españoles, mientras que las autorizaciones de la Ley 14/2013 (incluida la de nómada digital) se conceden con condiciones propias [1][2].
Los plazos dependen del supuesto. La no lucrativa se concede por un año, con renovación por dos años [1]. El DNV se concede por hasta tres años y después se renueva por dos años si se siguen cumpliendo los requisitos [2].
¿Cómo se llama en España la residencia permanente?
En el derecho español no existe la palabra rusa «PMZh» (residencia permanente): el concepto más cercano es la residencia de larga duración, una autorización indefinida para residir y trabajar en las mismas condiciones que los españoles. Hay dos tipos [1]:
- Larga duración-UE (artículo 175): vinculada a la Directiva 2003/109/CE, acredita el estatus de residente de larga duración en la UE;
- Larga duración nacional (artículo 182): estatus nacional, sin vínculo con el régimen de traslado entre Estados de la UE.
Las diferencias, con más detalle: larga duración y larga duración-UE.
¿En qué se diferencian la residencia temporal y la de larga duración?
| Aspecto | Residencia temporal | Larga duración |
|---|---|---|
| Duración | Más de 90 días y menos de cinco años [1] | Indefinida [1] |
| Requisito para solicitarla | Supuesto: medios económicos, trabajo, estudios, familia y otros [1] | Cinco años de residencia legal y continuada o un supuesto especial (por ejemplo, pensión) [1] |
| Trabajo | Depende de la autorización [1] | En las mismas condiciones que los españoles [1] |
| Tarjeta TIE | Según la vigencia de la autorización [1] | Primera renovación a los cinco años, después cada cinco años hasta los 30 y cada diez a partir de entonces [1] |
| Pérdida | Fin de la vigencia, incumplimiento de los requisitos [1] | Salida de la UE durante doce meses seguidos; en la UE, además, ausencia de España durante seis años [1] |
| Resolución de la solicitud | Según el supuesto, por ejemplo tres meses en la renovación [1] | Tres meses, el silencio es positivo [1] |
¿Cuántos años hacen falta para la residencia de larga duración en España?
Para la larga duración se necesitan cinco años de residencia legal y continuada en España antes de presentar la solicitud (artículos 176 y 183) [1]. Las ausencias de hasta seis meses seguidos no rompen la continuidad si en total no superan diez meses en cinco años (hasta dieciocho si las salidas son por trabajo) [1]. Para la UE, la estancia por estudios se computa al 50 % si en el momento de la solicitud el solicitante ya es residente; en el artículo 183, para la larga duración nacional, no hemos encontrado esa previsión [1].
Hay supuestos especiales sin los cinco años: pensión de jubilación o de incapacidad de la Seguridad Social, nacimiento en España (con requisitos adicionales), antiguos ciudadanos españoles, apátridas y refugiados [1]. Para la UE se exigen además ingresos regulares y seguro médico [1].
Para el DNV, la ley da 3 años más una renovación de 2 años, lo que suma 5 años, pero no hemos encontrado ninguna indicación expresa de que ese periodo compute para la larga duración: renovación del DNV tras tres años.
Cuándo solicitar la larga duración y qué pasa después
La solicitud se presenta en los dos meses anteriores al fin de la autorización vigente: presentarla en ese plazo prorroga su vigencia hasta la resolución, y presentarla en los tres meses siguientes a la caducidad también la prorroga, aunque puede abrirse un procedimiento sancionador [1]. Si la autorización está vigente y ya se cumplen los requisitos, el plazo de dos meses no es obligatorio: se puede presentar antes [1]. Tras la concesión, la TIE se tramita en persona en el plazo de un mes [1]. El procedimiento paso a paso: hoja de ruta «Renovación de la residencia»; el recorrido general del padrón a la tarjeta: residencia en Barcelona por tu cuenta.
Residencia de larga duración y nacionalidad: ¿son lo mismo?
No. La larga duración da una autorización de residencia sin plazo, mientras que la nacionalidad española la concede el Ministerio de Justicia por otro procedimiento, con otro periodo de residencia y con exámenes. Comparación: residencia o nacionalidad; plazos: cuántos años hasta la nacionalidad.
Qué depende de tu caso
Qué tipo de larga duración corresponde, cómo se computan las autorizaciones anteriores y las ausencias depende de tu historial de residencia. No sabemos cómo computa la Administración los periodos de cada supuesto, así que haz una tabla de tus estatus y viajes y enséñasela a un abogado o gestor. Preparación: renovaciones y residencia permanente.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se llama en español la residencia permanente en España?
¿Después de cuántos años se obtiene la residencia permanente en España?
¿Se puede obtener la residencia permanente en España con el DNV?
¿Hay que acreditar ingresos para la larga duración?
¿Qué pasa con la residencia permanente si me voy mucho tiempo?
¿La residencia permanente da derecho a trabajar?
Fuentes oficiales
- BOE · Real Decreto 1155/2024, artículos 60 - 64, 175 - 189, 201 (residencia temporal y larga duración) ↗
- BOE · Ley 14/2013, artículos 74 quater, 74 quinquies, 76 (DNV: duración y renovación) ↗
Fuentes consultadas el 02.10.2026. Los textos consolidados y las páginas de referencia de los organismos tienen carácter informativo: la aplicación jurídica depende de las publicaciones oficiales, las modificaciones y las circunstancias concretas. Material revisado por el abogado Francisco Romero Jiménez (ICAB 33641) el 21.10.2026.
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ReloVictory · Fuentes consultadas el 02.10.2026 · No sustituye a una consulta jurídica individual.
