Hoja de ruta · Barcelona

Hacerte autónomo en Barcelona por tu cuenta: el alta paso a paso

El autónomo, el trabajador por cuenta propia en España, se da de alta en dos organismos: Hacienda (AEAT) y la Seguridad Social. A continuación, 15 pasos: el derecho a trabajar con tu autorización de residencia, el acceso a las sedes electrónicas, el modelo 036, el RETA, las cuotas de 2026, las facturas, el IVA, el IRPF, los gastos, el local en Barcelona y el momento de pensar en una SL.

En resumen

Alta en Hacienda
Modelo 036
antes de iniciar la actividad; el modelo 037 se suprimió el 03.02.2025
Seguridad Social
Alta en el RETA
por Import@ss, no antes de 60 días del inicio
Cuotas 2026
15 tramos según ingresos
base mínima de 653,59 € a 1.928,10 €, máxima de 5.101,20 € al mes
Declaraciones trimestrales
Modelo 303 y 130
del 1 al 20 de abril, julio y octubre y del 1 al 30 de enero
Retención de los clientes
15 %
7 % el año de inicio de la actividad y los dos siguientes
Programas de facturación
VERI*FACTU
para el autónomo, la adaptación es obligatoria antes del 1 de julio de 2027

Para quién es esta ruta

Esta hoja es para quien ya vive en España con un documento que permite trabajar por cuenta propia y quiere darse de alta por su cuenta: freelance, consultor, diseñador, programador, profesor particular. No sirve si tienes la no lucrativa (con ella no se puede trabajar), si aún estás fuera y eliges la vía, o si la actividad exige una licencia aparte (médicos, abogados, hostelería). Comparativas con el trabajo por cuenta ajena y con la sociedad: autónomo o por cuenta ajena y autónomo o SL.

Tu documento¿Puedes ser autónomo?Qué comprobar
DNV (nómada digital)Sí, como profesional por cuenta propiaClientes españoles, no más del 20 % de la actividad
Residencia y trabajo por cuenta propiaSí, para eso esLimitaciones de territorio y sector el primer año
Residencia y trabajo por cuenta ajenaNo siempre directamenteEl texto de la autorización; quizá haga falta una modificación
Arraigo, residencia de larga duración, tarjeta de familiar de ciudadano de la UEPor lo general, síTipo de autorización en la TIE
No lucrativaNoPrimero, cambiar de autorización

Autónomo en Barcelona: esquema de 15 pasos

  1. Comprueba si tu autorización de residencia permite trabajar por cuenta propia

    El alta como autónomo no da derecho a trabajar: ese derecho viene de tu autorización de residencia. Con el DNV, el profesional puede tener clientes españoles, pero no más del 20 % de su actividad. El ministerio trata la autorización inicial por cuenta ajena y la de cuenta propia como autorizaciones distintas.

    Dónde: la resolución de tu autorización de residencia, hojas informativas del Ministerio de InclusiónPlazo: antes de cualquier altaCoste: gratuito

    Cuándo pedir ayuda: tienes una autorización por cuenta ajena, la no lucrativa o la de estudiante: trabajar fuera de lo que permite tu autorización puede costarte la renovación; primero hace falta un abogado de extranjería.

  2. Obtén el certificado digital o Cl@ve

    Sin firma electrónica no puedes presentar el 036, entrar en Import@ss ni presentar las declaraciones trimestrales. El certificado de la FNMT se solicita en línea, la identidad se acredita en una oficina y se descarga más o menos una hora después.

    Dónde: sede de la FNMT, clave.gob.esPlazo: descarga más o menos una hora después de acreditar la identidadCoste: consulta la página de la FNMT

    Cuándo pedir ayuda: el certificado no se instala o no hay cita en la oficina: un gestor puede presentar los documentos como representante.

  3. Elige el epígrafe del IAE

    El epígrafe describe tu actividad en el censo de Hacienda. Las tarifas del IAE se dividen en empresariales, profesionales y artísticas; de la sección dependen la retención de los clientes y parte de las obligaciones. Las personas físicas están exentas de pagar el IAE, pero el alta en el censo es obligatoria.

    Dónde: sede de la AEAT, Buscador de actividadesPlazo: antes de rellenar el 036Coste: las personas físicas no pagan IAE

    Cuándo pedir ayuda: la actividad es mixta (por ejemplo, servicios y venta de productos): una sección equivocada cambia las retenciones y el régimen de IVA.

  4. Presenta el alta censal: modelo 036

    El modelo 036 se presenta antes de iniciar la actividad. El modelo 037 simplificado se suprimió por la orden HAC/1526/2024 desde el 3 de febrero de 2025 y sus funciones pasaron al 036.

    Dónde: sede de la AEAT, apartado CensosPlazo: antes de iniciar la actividadCoste: gratuito

    Cuándo pedir ayuda: aún no eres residente fiscal, tienes ingresos de otro país o necesitas un régimen especial de IVA.

  5. Date de alta en el RETA por Import@ss

    El RETA, el régimen de la Seguridad Social para trabajadores por cuenta propia, se tramita después del alta en la AEAT. La solicitud se presenta no antes de 60 días naturales del inicio de la actividad y no después de ese inicio (qué son el RETA y el alta).

    Dónde: Import@ss (TGSS)Plazo: desde 60 días antes del inicio de la actividad hasta su primer díaCoste: el alta es gratuita; después, cuotas mensuales

    Cuándo pedir ayuda: ya has trabajado sin alta o trabajas también por cuenta ajena: un gestor tiene que calcular las consecuencias.

  6. Elige la base de cotización y comprueba la cuota reducida

    Desde 2023, la cuota depende de los rendimientos netos previstos: en 2026 hay 3 tramos en la tabla reducida y 12 en la general, una base mínima de 653,59 € a 1.928,10 € y una máxima de 5.101,20 € al mes. Los nuevos autónomos tienen una cuota reducida (tarifa plana): en 2023-2025 era de 80 € al mes durante 12 meses, prorrogable otros 12 si los ingresos no llegan al salario mínimo.

    Dónde: Import@ss, página del nuevo sistema de cotización en seg-social.esPlazo: al darte de alta; después, cambios cada dos mesesCoste: base × tipo, importe según tu tramo

    Cuándo pedir ayuda: tus ingresos varían mucho de un mes a otro: una base demasiado baja acaba en un pago adicional en la regularización anual.

  7. Abre una cuenta y activa la domiciliación

    Las cuotas del RETA solo se pagan por domiciliación bancaria, obligatoria desde 2018. La ley no exige una cuenta aparte para la actividad, pero facilita la contabilidad y la revisión de gastos.

    Dónde: banco, Import@ssPlazo: al darte de alta en el RETACoste: según las tarifas del banco

    Cuándo pedir ayuda: el banco no te abre la cuenta o el cargo no se ha cobrado: si no pagas a tiempo, se aplican recargos.

  8. Clientes de la UE: ROI y comprobación en VIES

    Para prestar servicios a empresas de otros países de la UE hay que darse de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) con el 036: obtienes un NIF-IVA con el prefijo ES. El número del cliente se comprueba en VIES y las operaciones se declaran en el modelo 349.

    Dónde: sede de la AEAT (036, VIES)Plazo: antes de la primera operación con un cliente de la UECoste: gratuito

    Cuándo pedir ayuda: clientes fuera de la UE, particulares de la UE o servicios digitales: las reglas del lugar de prestación son distintas.

  9. Factura según el Reglamento de facturación

    Una factura completa lleva número y serie con numeración correlativa, fecha, nombre y NIF de ambas partes, domicilios, descripción del servicio, base, tipo y cuota de IVA en línea aparte y, si hay exención o inversión del sujeto pasivo, la mención correspondiente. Los programas de facturación deben cumplir el reglamento VERI*FACTU: para el autónomo, antes del 1 de julio de 2027.

    Dónde: Real Decreto 1619/2012, página de la AEAT sobre el contenido de las facturasPlazo: VERI*FACTU desde el 1 de julio de 2027 para personas físicasCoste: depende del programa

    Cuándo pedir ayuda: hay que corregir una factura ya emitida (factura rectificativa) o el cliente exige un formato especial.

  10. IVA: modelo 303 cada trimestre y 390 anual

    El modelo 303 se presenta del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y el del cuarto trimestre, del 1 al 30 de enero. En ese mismo plazo de enero se presenta el resumen anual, modelo 390, salvo que estés en alguno de los supuestos exentos. Más información: IVA y modelo 303 para autónomos.

    Dónde: sede de la AEATPlazo: del 1 al 20 de abril, julio y octubre; del 1 al 30 de eneroCoste: la cuota que resulte de la declaración

    Cuándo pedir ayuda: tus operaciones están exentas de IVA o se mezclan con operaciones sujetas: hay que calcular la prorrata.

  11. IRPF: modelo 130 o retención de los clientes

    El autónomo en estimación directa paga a cuenta el 20 % del rendimiento neto acumulado desde el inicio del año con el modelo 130, en los mismos plazos que el 303. El profesional no presenta el 130 si el año anterior al menos el 70 % de sus ingresos tuvo retención: las empresas españolas retienen el 15 %, y el 7 % el año de inicio y los dos siguientes.

    Dónde: sede de la AEATPlazo: como el 303, cada trimestreCoste: 20 % del rendimiento neto acumulado menos pagos y retenciones anteriores

    Cuándo pedir ayuda: es tu primer año en España o tienes ingresos de varios países: la residencia fiscal y los convenios para evitar la doble imposición pesan más que el tipo.

  12. Registra los gastos desde el primer día

    Se deducen los gastos vinculados a la actividad, justificados con factura a tu NIF y anotados en los libros registro. Los libros del IRPF pueden llevarse junto con los del IVA si se añaden los datos necesarios.

    Dónde: tu programa de contabilidad o una hoja de cálculoPlazo: siempre; revisión cada trimestreCoste: gratuito si lo llevas tú

    Cuándo pedir ayuda: trabajas desde casa o compras un coche o equipos a plazos: ahí las reglas de deducción son especiales, mejor consultarlo con un gestor.

  13. Local y licencias en Barcelona

    Si abres un local para tu actividad, en Barcelona necesitas uno de los regímenes de la ordenanza municipal de activitats (OMAIIAA): llicència, comunicat o declaració responsable. Se tramita en línea por eActivitats. Es una norma municipal de Barcelona; otras ciudades tienen su propio procedimiento.

    Dónde: Ajuntament de Barcelona, eActivitatsPlazo: antes de abrir el localCoste: consulta la página del Ajuntament

    Cuándo pedir ayuda: local con público, obras u hostelería: hace falta un proyecto técnico, normalmente con un arquitecto o un ingeniero.

  14. Pasa la regularización anual de cuotas

    Las cuotas del año son provisionales. Tras la declaración anual, la AEAT comunica a la Seguridad Social tus rendimientos reales y la TGSS recalcula la base: si has pagado de menos, te reclaman la diferencia; si has pagado de más, te la devuelven.

    Dónde: Import@ss, notificaciones de la TGSSPlazo: tras la comunicación de datos de la AEAT; el pago, en el plazo de la notificaciónCoste: la diferencia entre la base provisional y la definitiva

    Cuándo pedir ayuda: el importe que te reclaman parece incorrecto o los ingresos se han contado dos veces: revisa el cálculo antes de pagar.

  15. Decide cuándo pasar a una SL

    La ley no fija un umbral de ingresos para pasar a una sociedad. Se compara el impuesto de sociedades con el IRPF, los costes de contabilidad y constitución, la responsabilidad con el patrimonio personal y, para los extranjeros, el efecto sobre la autorización de residencia.

    Dónde: notaría, Registro Mercantil, AEATPlazo: la decisión, normalmente antes del cierre del ejercicioCoste: gastos de constitución y contabilidad de la SL

    Cuándo pedir ayuda: el cambio afecta a una autorización por DNV o por cuenta propia: cambiar de forma jurídica puede afectar a la autorización; la decisión se toma con un abogado y un gestor.

Errores habituales en esta ruta

  • Darse de alta como autónomo sin comprobar la autorización de residencia: el alta en el RETA no suple la falta de derecho a trabajar por cuenta propia.
  • Buscar el modelo 037: se suprimió el 3 de febrero de 2025 y toda el alta se hace con el 036.
  • Darse de alta en el RETA después de empezar a trabajar: las primeras facturas ya están emitidas y el alta todavía no existe.
  • Elegir la base mínima con ingresos altos y recibir una reclamación importante tras la regularización.
  • Facturar a clientes de la UE sin alta en el ROI y sin comprobar en VIES.
  • Deducir simples tiques en lugar de facturas a tu NIF.
  • Saltarse el 303 de un trimestre sin ingresos: la declaración se presenta también a cero.

Preguntas frecuentes

¿Se puede ser autónomo con el DNV?
Sí, si trabajas como profesional por cuenta propia. Se admiten clientes españoles, pero no más del 20 % de tu actividad profesional; el resto del trabajo es para clientes fuera de España. La proporción se calcula antes de presentar la solicitud y se mantiene dentro del límite mientras dure la autorización.
¿Hace falta el modelo 037 en 2026?
No. La orden HAC/1526/2024 suprimió el modelo 037 desde el 3 de febrero de 2025. El alta, las modificaciones y la baja se presentan con el modelo 036.
¿Cuánto paga un autónomo a la Seguridad Social en 2026?
Depende del rendimiento neto: una tabla de 15 tramos, base mínima de 653,59 € a 1.928,10 € y máxima de 5.101,20 €. Los nuevos autónomos pueden pedir la cuota reducida; comprueba su importe para 2026 en Import@ss. Más información: cuota de autónomo 2026.
¿Qué va primero: Hacienda o la Seguridad Social?
Primero el modelo 036 en la AEAT y después el alta en el RETA: Import@ss pide el código del IAE. Las dos altas se hacen antes de iniciar la actividad, la del RETA no antes de 60 días.
¿Hay que presentar el modelo 130 si los clientes retienen IRPF?
No, si eres profesional y el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos tuvo retención. El primer año no hay año anterior, así que hay que comprobarlo según tu caso.
¿Necesito licencia si trabajo desde casa en Barcelona?
El Ajuntament aplica los regímenes de llicència, comunicat y declaració responsable a las actividades en locales. Si trabajas desde casa sin público, consulta el procedimiento con el Ajuntament: depende de la actividad y de la dirección.

Revisar tu caso

Si tu autorización de residencia limita el trabajo, tienes ingresos de varios países o no tienes claro el epígrafe y el régimen de IVA, conviene revisarlo antes del alta. Primera consulta: 15 minutos gratis. Consulta individual completa: 121 € por 45 minutos. La gestión se presupuesta aparte; las tasas y las traducciones se pagan por separado. No prometemos el resultado: deciden las administraciones. ReloVictory es un centro de reubicación, no un despacho jurídico: la parte legal la lleva el abogado del equipo y los asuntos fiscales y administrativos, una especialista fiscal y administrativa (graduada social).

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Fuentes

Fuentes comprobadas el 3 de octubre de 2026. Las tablas de cotización y el importe de la cuota reducida cambian cada año: compruébalos en seg-social.es y en Import@ss antes del alta. Este material es informativo y no sustituye la consulta con un abogado o con una especialista fiscal y administrativa.

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