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Calendario fiscal del autónomo y la SL: qué se presenta y cuándo

El calendario fiscal del autónomo gira en torno a las declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303) e IRPF (modelo 130), el resumen anual y la cuota mensual del RETA. La SL tiene otro calendario: Impuesto sobre Sociedades en julio, pagos fraccionados en abril, octubre y diciembre y depósito de cuentas en el Registro.

Material informativo, no un dictamen jurídico individual. Las condiciones dependen de cada situación concreta y pueden cambiar.
En resumen
  • Autónomo, trimestral: el modelo 303 (IVA) y el modelo 130 (IRPF) se presentan del 1 al 20 de abril, julio y octubre y del 1 al 30 de enero. El profesional que el año anterior tuvo al menos el 70 % de sus ingresos sujetos a retención puede no presentar el modelo 130 [2][3][4].
  • Autónomo, anual: la declaración de la renta (modelo 100) de 2025 se presenta del 8 de abril al 30 de junio de 2026; desde 2023 están obligados a presentarla todos los que han estado en el RETA, sea cual sea su nivel de ingresos [9][10].
  • Modelos anuales en enero y febrero: modelo 390 y 190 (enero), modelo 347 (febrero); el 349 por operaciones con la UE, si las hubo [2][6][7][8].
  • SL: los mismos 303 y 111 cada trimestre; el Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) en julio, los pagos fraccionados (modelo 202) del 1 al 20 de abril, octubre y diciembre; los libros al registro antes del 30 de abril, las cuentas al registro en el mes siguiente a su aprobación [11][12][13][14].
  • Regla de los días inhábiles: si el último día del plazo es inhábil, el plazo pasa al siguiente día hábil. La domiciliación acorta la ventana de presentación hasta el día 15 y cambia las fechas del IS y del IVA [3][4][11][12].
  • VERI*FACTU: los programas de facturación deberán cumplir el Real Decreto 1007/2023 desde el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del IS y desde el 1 de julio de 2027 para los demás [15].

¿Qué calendario fiscal tiene un autónomo?

El autónomo tiene tres ritmos: trimestral, anual y mensual. El ritmo trimestral lo marcan el IVA y los pagos fraccionados del IRPF. Para los tres primeros trimestres el plazo va del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y para el cuarto, del 1 al 30 de enero [2][3]. Si pagas a través del banco y has elegido la domiciliación, la ventana de presentación es más corta: para el IVA, del 1 al 15, y en enero, del 1 al 25 [2].

ModeloQué esPlazo
303Declaración trimestral del IVA1-20 de abril, julio, octubre; 1-30 de enero [2]
130Pago fraccionado trimestral del IRPF en estimación directa; 131 en módulos1-20 de abril, julio, octubre; 1-30 de enero [3]
111 y 115Retenciones del IRPF sobre salarios y servicios de profesionales (111) y sobre alquileres de locales (115)En los primeros 20 días de abril, julio, octubre y enero [6]
390Resumen anual del IVASe presenta junto con el cuarto trimestre, hasta el 30 de enero [2]
190 y 180Resúmenes anuales de retenciones: 190 del 111, 180 del 1151-31 de enero [6]
347Operaciones con un mismo cliente o proveedor por encima de 3.005,06 € al añoFebrero [7]
349Declaración recapitulativa de operaciones con la UE, trimestral si no supera 50.000 € por trimestre1-20 de abril, julio, octubre; 1-30 de enero [8]
100Declaración anual de la renta, IRPF8 de abril - 30 de junio de 2026 para 2025 [10]

Si en el trimestre no hay IVA ni retenciones que ingresar, la declaración se presenta igualmente: sin actividad, a compensar o a devolver [2][6]. No todos necesitan el 347 y el 390: las excepciones dependen del régimen de IVA y del tipo de actividad, y la AEAT las enumera [2][7].

¿Necesita el autónomo el modelo 130?

El modelo 130 es el pago fraccionado trimestral del IRPF para quienes determinan su rendimiento en estimación directa. El pago es el 20 % del rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero hasta el final del trimestre, menos las retenciones y los pagos fraccionados de los trimestres anteriores [5]. No hacen pagos fraccionados los profesionales que el año natural anterior tuvieron al menos el 70 % de los ingresos de la actividad sujetos a retención; al iniciar la actividad, se calcula sobre el periodo en curso [4]. Si en el trimestre no hay nada que pagar, se presenta la declaración a cero [3]. En el régimen de módulos se usa el modelo 131 [3].

¿Qué declaraciones se presentan en enero, febrero y en verano?

Enero es el mes más cargado. En él se presentan el 303 y el 130 del cuarto trimestre (del 1 al 30 de enero), el 111 y el 115 del cuarto trimestre (en los primeros 20 días de enero), los resúmenes 190 y 180 (hasta el 31 de enero), el modelo 390 junto con el cuarto trimestre del IVA y el modelo 349 del cuarto trimestre [2][3][6][8].

En febrero se presenta el modelo 347 [7]. En verano, de los modelos anuales, al autónomo solo le queda la renta, cuyo plazo se cierra el 30 de junio: para 2025 la presentación fue del 8 de abril al 30 de junio de 2026, y hasta el 25 de junio con domiciliación [10]. La AEAT publica el calendario definitivo del año como Calendario del contribuyente, y se puede exportar a iCalendar [1].

¿Qué paga un autónomo a la Seguridad Social?

El banco cobra la cuota del RETA cada mes, el último día hábil, y el importe del mes aparece en la sede electrónica de la Seguridad Social a partir del día 26 [18]. La cuantía depende del rendimiento neto: las cuotas van por tramos, y el autónomo puede cambiar la base y la cuota hasta seis veces al año si cambia su previsión de rendimiento neto anual [16].

La regularización definitiva de las cuotas del RETA la hace la TGSS con los datos de ingresos reales que le facilita la administración tributaria [16]. En el IRPF se reflejan sus efectos: el pago adicional aumenta los gastos deducibles y la devolución los reduce; si la devolución supera las cuotas correspondientes del año en curso, el exceso se declara como ingreso adicional [9]. Las cuotas por tramos de 2026 están en el artículo cuotas de autónomo en 2026, y el trámite de alta, en alta como autónomo.

¿Qué calendario fiscal tiene una SL?

Modelo o trámiteQué esPlazo
Modelo 303, 111, 115IVA y retencionesLas mismas fechas que el autónomo [2][6]
Modelo 202Pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades1-20 de abril, octubre y diciembre; con domiciliación, del 1 al 15 [12]
Modelo 200Declaración del Impuesto sobre Sociedades25 días después de los seis meses desde el fin del periodo: para el año natural, 1-25 de julio; la AEAT fija el 27 de julio de 2026 como último día para el IS 2025, domiciliación 1-22 de julio [11]
Libro de actas, registro de socios, diario, inventariosLegalización de los libros en el Registro MercantilEn los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio, hasta el 30 de abril [13]
Cuentas anualesFormulación, aprobación, depósito en el registroFormulación en los tres meses siguientes al cierre del ejercicio, junta ordinaria en los seis, depósito en el mes siguiente a la aprobación [14]
Modelo 347, 349, 190, 180Modelos anuales y resúmenesVer la tabla del autónomo: 347 en febrero, 190 y 180 en enero [6][7]

La SL tiene dos canales electrónicos obligatorios. La SL recibe las notificaciones de la AEAT solo por vía electrónica: el acceso está abierto 10 días naturales, y después la notificación se da por practicada aunque no la hayas abierto [17]. El certificado también hace falta para presentar el 347 [7]. Consigue el certificado o nombra a un representante antes del primer plazo. Más sobre los impuestos de la sociedad: impuestos de la SL; sobre su constitución: cómo abrir una SL siendo no residente.

¿En qué se diferencia el calendario del autónomo y el de la SL?

CuestiónAutónomoSL
Impuesto sobre la rentaIRPF: 130 cada trimestre y 100 hasta el 30 de junioImpuesto sobre Sociedades: 202 en tres fechas y 200 en julio
IVA303 cada trimestre303 cada trimestre
Obligaciones contablesSegún el régimen: libros registro de IRPF e IVAContabilidad formal, libros, cuentas anuales al registro
Cotizaciones socialesRETA mensualPara los socios administradores dependen de la participación y de las funciones: consúltalo con tu gestor
Notificaciones electrónicasDependen de la situaciónObligatorias [17]

Comparamos las opciones para quien trabaja por cuenta propia en el artículo autónomo o SL.

Errores habituales con el calendario

  • El cuarto trimestre con las fechas de los tres primeros. Para el 303, el 130 y el 349 del cuarto trimestre el plazo llega hasta el 30 de enero, y las retenciones del 111 y el 115 se presentan en los primeros 20 días de enero [2][3][6][8].
  • No presentar la declaración cuando sale cero. El 303 y el 111 se presentan también cuando no hay nada que pagar [2][6].
  • No presentar la renta «por tener pocos ingresos». Desde 2023 están obligados a presentar la declaración todos los que han estado en el RETA, sea cual sea su nivel de ingresos [9].
  • El autónomo no comprueba si necesita el 130. La exención solo se aplica con un 70 % de retenciones el año anterior [4].
  • Libros de la SL sin legalizar. El plazo es de cuatro meses tras el cierre del ejercicio, el 30 de abril si el ejercicio coincide con el año natural [13].
  • Cuentas de la SL sin depositar. El mes se cuenta desde la aprobación, y la junta debe celebrarse en los seis meses siguientes [14].
  • Notificación de la AEAT no atendida. Para la SL el acceso está abierto 10 días naturales, y después la notificación se da por practicada [17].
  • No tener en cuenta VERI*FACTU. Desde el 1 de enero de 2027 para el IS y desde el 1 de julio de 2027 para los demás, el programa de facturación debe cumplir las normas [15].

¿Qué hacer con la regla de los fines de semana y la domiciliación?

Si el último día del plazo cae en sábado, domingo o festivo, el plazo pasa al siguiente día hábil [2][6][3]. Si pagas mediante domiciliación, la presentación electrónica termina antes: para el 303 trimestral, del 1 al 15; en enero, del 1 al 25; para el modelo 202, del 1 al 15; para el IS del año natural 2025, del 1 al 22 de julio de 2026 [2][11][12]. Las fechas reales de cada año tómalas del calendario de la AEAT, porque el día 20 y el 25 se desplazan cuando caen en fin de semana [1].

¿Cuándo conviene un análisis individual?

Conviene una revisión cuando tienes varios tipos de ingresos a la vez, cuando tienes clientes dentro y fuera de la UE, cuando pasas de autónomo a SL, cuando la SL es propiedad de no residentes y cuando no tienes claro si debes presentar el 130, el 347 o el 390. Depende de tu caso; compruébalo con un gestor o un abogado.

En qué podemos ayudarte

En el equipo de ReloVictory, la parte fiscal y administrativa la lleva una graduada social. Te ayuda a aclarar qué declaraciones y plazos corresponden a tu situación y cómo encajan con tu autorización de residencia y tu residencia fiscal. No prometemos un resultado fiscal ni sustituimos a un contable habitual. Primera consulta: 15 minutos gratis; consulta completa: 121 € por 45 minutos. Reserva: consulta. Servicios: documentos y acompañamiento, residencia para nómadas digitales. Para un freelance con DNV, el calendario tiene que encajar con las condiciones de la autorización: consulta la hoja de ruta DNV y la guía residencia en Barcelona.

Preguntas frecuentes

¿Qué declaraciones presenta un autónomo en España y cuándo?
Trimestrales: modelo 303 (IVA) y modelo 130 (pago fraccionado del IRPF) del 1 al 20 de abril, julio y octubre y del 1 al 30 de enero. Anuales: el 390, el 347 si hay operaciones por encima de 3.005,06 € y la declaración de la renta hasta el 30 de junio [2][3][7][10].
¿Tiene que presentar el modelo 130 el autónomo si los clientes le practican retención del IRPF?
No, si el año natural anterior el profesional tuvo al menos el 70 % de los ingresos de la actividad sujetos a retención. En los demás casos se presenta el 130, a cero si no sale nada. Al iniciar la actividad, esta condición se calcula sobre el periodo en curso [3][4].
¿Está obligado el autónomo a presentar la declaración de la renta?
Sí: desde 2023 están obligados todos los que han estado en el RETA, sea cual sea su nivel de ingresos. Para 2025 la presentación fue del 8 de abril al 30 de junio de 2026, con domiciliación hasta el 25 de junio. Las fechas del año siguiente las publica la AEAT [9][10].
¿Qué declaraciones presenta una SL y cuándo?
Trimestrales: el 303 y el 111 (del 1 al 20 de abril, julio y octubre; en enero, del 1 al 30 para el 303 y del 1 al 20 para el 111). Impuesto sobre Sociedades: el 202 en abril, octubre y diciembre y el 200 en julio. Libros hasta el 30 de abril [2][6][11][12][13].
¿Cuándo presenta la SL el modelo 200?
En los 25 días siguientes a los seis meses desde el fin del periodo: para el año natural, 1-25 de julio. La AEAT fija el 27 de julio de 2026 como último día para el IS 2025, y con domiciliación del pago la presentación electrónica terminaba el 22 de julio [11].
¿Qué pasa si el plazo cae en fin de semana?
El plazo pasa al siguiente día hábil. La AEAT recoge esta regla para el IVA, las retenciones y los pagos fraccionados del IRPF. Las fechas definitivas de cada año tómalas del calendario de la AEAT: cuando caen en fin de semana, el día 20 y el 25 se desplazan [1][2][3][6].
¿Qué son el modelo 347 y el modelo 390?
El 347 es la declaración de operaciones con terceros si en el año superaron 3.005,06 € (se presenta en febrero). El 390 es el resumen anual del IVA; se presenta junto con la declaración del cuarto trimestre, con excepciones [2][7].
¿Necesita la SL certificado electrónico?
En la práctica, sí: la SL recibe las notificaciones de la AEAT solo por vía electrónica, el acceso está abierto 10 días naturales y después la notificación se da por practicada. Para presentar el 347 el certificado es obligatorio. Consigue el certificado o nombra a un representante antes del primer plazo [7][17].

Fuentes oficiales

  1. AEAT · Calendario del contribuyente ↗
  2. AEAT · Manual de actividades económicas: IVA, modelos 303, 390 y plazos ↗
  3. AEAT · Pagos fraccionados IRPF: plazos de declaración e ingreso (modelos 130 y 131) ↗
  4. AEAT · Pagos fraccionados IRPF: cuándo hay que hacerlos ↗
  5. AEAT · Pagos fraccionados IRPF: importe ↗
  6. AEAT · Obligaciones como retenedor (modelos 111, 115, 180 y 190) ↗
  7. AEAT · Manual de actividades económicas: modelo 347 ↗
  8. AEAT · Manual de actividades económicas: operaciones intracomunitarias y modelo 349 ↗
  9. AEAT · Manual de actividades económicas: declaración anual de Renta de autónomos ↗
  10. AEAT · Manual práctico de Renta 2025: plazo y forma de presentación ↗
  11. AEAT · Manual de actividades económicas: plazo del Impuesto sobre Sociedades ↗
  12. AEAT · Plazo de presentación de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades ↗
  13. AEAT · Manual de actividades económicas: obligaciones contables y registrales ↗
  14. BOE · Ley de Sociedades de Capital, artículos 164, 253 y 279 ↗
  15. AEAT · Manual de actividades económicas: VERI*FACTU ↗
  16. Seguridad Social · Revista: cuota mensual de los autónomos y cambios de base ↗
  17. AEAT · Manual de actividades económicas: notificaciones electrónicas obligatorias (NEO) ↗
  18. Seguridad Social · Revista: consulta mensual de la cuota de autónomos (RETA) ↗

Fuentes consultadas el 02.10.2026. Los textos consolidados y las páginas de referencia de los organismos tienen carácter informativo: la aplicación jurídica depende de las publicaciones oficiales, las modificaciones y las circunstancias concretas. Material revisado por el abogado Francisco Romero Jiménez (ICAB 33641) el 21.10.2026.

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