- Documentación básica: nóminas o facturas de los tres meses anteriores a la fecha de presentación y un certificado bancario a nombre del solicitante de esos mismos tres meses, con firma o sello del banco [1].
- El umbral de 2.849 € al mes se calcula antes de impuestos y cotizaciones, es decir, en bruto [1].
- En el certificado bancario, los cobros de nómina o de facturas se señalan aparte del resto de movimientos, y los importes deben coincidir con las nóminas o las facturas [1].
- A la solicitud se adjunta una carta de la empresa: puesto, funciones, confirmación del trabajo en remoto, retribución en euros [1].
- La parte del umbral que falte se cubre con certificados bancarios de ahorros u otros ingresos líquidos para todo el periodo de la autorización [1].
- Los documentos que no estén en español los traduce un traductor jurado, y los documentos públicos extranjeros se presentan apostillados o legalizados [1].
¿Qué documentos acreditan los ingresos para el visado de nómada digital?
La lista la fija el propio ministerio en su nota sobre las solicitudes iniciales de teletrabajadores [1].
| Documento | Para quién | Requisitos |
|---|---|---|
| Nóminas | Trabajador por cuenta ajena | De los tres meses anteriores a la fecha de solicitud [1] |
| Facturas | Trabajador por cuenta propia | De los tres meses anteriores a la fecha de solicitud [1] |
| Certificado bancario | Todos | A nombre del solicitante, con firma o sello del banco, de los mismos tres meses; cobros señalados y coincidentes con las nóminas o facturas [1] |
| Certificado de ahorros u otros ingresos líquidos | Si los ingresos del contrato no bastan | Banco español o extranjero, a nombre del solicitante, con firma o sello; cubre la diferencia durante todo el periodo de la autorización [1] |
| Declaración de la renta del año anterior | Titular de su propia sociedad (autónomo societario), si no dispone de los demás documentos | El equivalente al IRPF del año anterior a la solicitud [1] |
La ley exige medios suficientes para todo el periodo de residencia del solicitante y su familia (artículo 62.3 f) de la Ley 14/2013) y vincula las cuantías al SMI [3]. En la nota de la UGE las cuantías figuran como porcentajes del SMI; en euros las damos en el artículo ingresos para el DNV en 2026.
Cómo acreditar ingresos como trabajador por cuenta ajena, autónomo o dueño de empresa
La documentación depende de la base de la solicitud: un contrato laboral, contratos con clientes o una empresa propia. La guía de la UGE advierte expresamente que la existencia de una relación laboral no sirve para acreditar una relación profesional, y viceversa[1].
| Solicitante | Contrato | Ingresos de tres meses | Qué añadir |
|---|---|---|---|
| Trabajador por cuenta ajena | Contrato laboral con una empresa extranjera, con al menos tres meses a la fecha de solicitud[1] | Nóminas y certificado bancario con los cobros marcados[1] | Carta de la empresa: autorización para trabajar desde España, puesto, funciones, sueldo en euros. Inscripción de la empresa en la Seguridad Social española y compromiso de alta en el Régimen General[1] |
| Autónomo | Contrato mercantil con una o varias empresas extranjeras, de al menos tres meses[1][3] | Facturas y certificado bancario con los cobros marcados[1] | Documento con los términos del trabajo a distancia, compromiso de alta en el RETA. Clientes españoles como máximo el 20 % de la actividad total[1][3] |
| Autónomo societario | La antigüedad de la relación se da por supuesta si posee el 100 % de la empresa y esta tiene actividad real durante más de un año[1] | Nóminas o facturas. En su defecto, la declaración de la renta personal del ejercicio anterior, equivalente al IRPF[1] | Acreditación de la propiedad o del control efectivo, última declaración del impuesto de sociedades, acreditación de inversiones en medios productivos, informe de la seguridad social del país de origen sobre los empleados de la empresa[1] |
El autónomo societario también necesita una carta. La autorización de trabajo remoto es implícita, pero el puesto, las funciones, el sueldo en euros y las condiciones de trabajo se indican igual que para un empleado[1]. Si no es el único propietario pero tiene el control efectivo de la empresa, la documentación adicional es la misma[1]. Más sobre cada caso: visado de nómada digital para empleados, visado de nómada digital para autónomos, si sirve un empresario individual ruso.
Si los ingresos son mixtos, por ejemplo un sueldo más trabajos para un cliente, base la solicitud en un solo contrato principal. La guía de la UGE habla de las rentas derivadas del contrato en el que se basa la solicitud[1]. No dice cómo se tiene en cuenta una segunda fuente.
Cómo obtener el certificado bancario para la UGE
El certificado bancario une el contrato con el dinero real. Los requisitos de la UGE son breves pero estrictos[1]:
- a nombre del titular de la solicitud: no sirve un certificado del cónyuge, de los padres ni de otra persona[1];
- sellado o firmado por el banco: un extracto de la aplicación sin sello ni firma no cumple este requisito[1];
- de los tres meses anteriores a la fecha de solicitud, el mismo periodo que las nóminas o facturas[1];
- con los cobros del contrato marcados de forma separada del resto de movimientos[1];
- con importes coincidentes con las nóminas o facturas, y la diferencia explicada en un escrito explicativo[1].
La lista no dice quién marca los cobros, el banco o el propio solicitante. Una opción práctica es pedir al banco un certificado de los cobros recibidos de la empresa durante los tres meses y señalar en el extracto adjunto las mismas líneas, indicando a qué nómina o factura corresponde cada una.
Los ahorros se acreditan con un certificado aparte: actualizado, de un banco español o extranjero, a su nombre y con sello o firma[1]. No hace falta una cuenta española para presentar la solicitud, véase si hace falta una cuenta bancaria española para la residencia. Un certificado que no esté en castellano lo traduce un traductor jurado. Para los documentos privados basta con eso, y los documentos públicos de autoridades extranjeras necesitan además apostilla[1]. La lista de la UGE no aclara si el certificado bancario es un documento público. Cómo se hace la traducción: hoja de ruta de la traducción jurada.
¿Qué periodo deben cubrir las nóminas, las facturas y el certificado bancario?
De los tres meses anteriores a la fecha de solicitud: así se indica para las nóminas, para las facturas y para el certificado bancario [1]. El consulado en Moscú pide una relación con la empresa de al menos tres meses a la fecha de la solicitud [4]. Si los documentos se reunieron con antelación y la solicitud se presenta más tarde, según nuestra lectura los periodos se desplazan y hay que actualizar la documentación.
Los ingresos pueden acreditarse con cualquier prueba, por ejemplo un contrato, o un contrato mercantil en el caso del trabajador por cuenta propia, pero el consulado de Moscú exige demostrar que el dinero pertenece al solicitante, se ha obtenido legalmente y está a su disposición [5]. Por eso un certificado a nombre de un tercero o un pago a través de un intermediario sin explicación son arriesgados.
¿Qué tiene que coincidir entre los documentos?
Los ingresos del certificado bancario deben coincidir con las nóminas o las facturas [1]. El banco muestra el importe que ha llegado a la cuenta y la nómina muestra el bruto, así que la diferencia es normal, pero hay que explicarla. El propio ministerio recomienda adjuntar un escrito explicativo, sobre todo cuando los documentos no se ajustan exactamente a la lista [1]. Al trabajador por cuenta propia le resulta útil una tabla «cliente, contrato, factura, cobro»: así es más fácil demostrar que un cobro en la cuenta corresponde a una factura concreta. Qué cuenta como ingreso y en qué casilla va lo explicamos en el artículo cómo calcular el umbral.
Discrepancias habituales en los documentos de ingresos y cómo explicarlas
La propia UGE recomienda adjuntar un escrito explicativo cuando los documentos no se ajustan exactamente a lo solicitado[1]. La tabla recoge discrepancias que se derivan de los propios requisitos y cómo cubrirlas.
| Discrepancia | De dónde viene | Qué adjuntar |
|---|---|---|
| En la cuenta entra menos de lo que dice la nómina | El umbral es bruto y el banco muestra el importe tras impuestos y cotizaciones[1] | Escrito explicativo con el bruto, las retenciones y el cobro de cada mes[1] |
| Sueldo en dólares o rublos, carta de la empresa en euros | La carta debe indicar el sueldo en euros[1], y la administración no define el tipo de cambio | Tipo de cambio, su fuente y su fecha en el escrito explicativo |
| El cobro es menor que el importe de la factura | Comisión de una plataforma de pagos o de un banco intermediario | Tabla de cliente, contrato, factura y cobro, y una nota sobre la comisión |
| El dinero entra en la cuenta del cónyuge | El certificado debe estar a nombre del titular[1] | Cobrar en su propia cuenta al menos tres meses antes de presentar |
| Los documentos se reunieron hace tiempo | El periodo se cuenta desde la fecha de solicitud: los tres meses anteriores[1] | Actualizar nóminas, facturas y certificado a la nueva fecha |
| Paga una empresa distinta de la del contrato | Las rentas deben derivar del contrato en el que se basa la solicitud[1] | Documentos que vinculen al pagador con la empresa del contrato y una explicación |
Si la UGE considera insuficientes los documentos, puede requerir otros en cualquier momento[1]. Cómo responder a ese requerimiento se explica en requerimiento en el visado de nómada digital. Una discrepancia por sí sola no supone una denegación, pero sin explicación la valorará un tramitador que solo ve los papeles.
¿Qué hacer con ingresos en rublos, tenges, grivnas o dólares?
La carta de la empresa extranjera debe indicar la retribución en euros: así figura en la lista de la UGE [1]. Qué tipo de cambio acepta el organismo y a qué fecha no se dice en los materiales publicados. Lo razonable es indicar en el escrito explicativo el tipo de cambio y la fecha de conversión y adjuntar el justificante. Los documentos que no estén en español los traduce un traductor jurado [1]. Los documentos públicos de autoridades extranjeras se presentan apostillados o legalizados [1]; no se dice expresamente si esta regla se aplica al certificado de un banco privado. Sobre los certificados rusos: certificados de ingresos rusos para la UGE. Los demás pasos de la presentación están en la hoja de ruta del DNV.
Use el mismo tipo de cambio en todos los documentos: la carta de la empresa, el escrito explicativo y la tabla de cobros. No hay una base oficial para elegir el tipo[1], así que recomendamos un margen de algunos puntos porcentuales sobre el umbral para que las oscilaciones del cambio no lo anulen.
¿Qué hacer si los ingresos no llegan al umbral?
Si los ingresos del contrato están por debajo de la cuantía exigida, la diferencia puede cubrirse con ahorros u otros ingresos líquidos: los certificados bancarios deben cubrir la diferencia durante todo el periodo de vigencia de la autorización, estar actualizados y a nombre del solicitante [1]. Al mismo tiempo, las respuestas de la UGE dicen que los medios deben proceder de rendimientos del trabajo [2]. Las fuentes no explican cómo encajan estas dos formulaciones ni cómo calcula el organismo el saldo en una autorización de hasta tres años. Conviene comprobar el cálculo para tu caso antes de presentar. Si quieres que revisemos tu documentación, los primeros 15 minutos de consulta en ReloVictory son gratuitos: pedir cita. El acompañamiento en la presentación se describe en la página residencia de nómada digital.
Preguntas frecuentes
¿Qué documentos acreditan los ingresos para el DNV?
¿Hace falta certificado bancario para la UGE?
¿Hay que acreditar el bruto o el neto ante la UGE?
¿Se pueden acreditar los ingresos con ahorros?
¿Cómo acredito los ingresos si cobro en rublos?
¿Cómo acredita los ingresos el dueño de su propia empresa para el visado de nómada digital?
¿Hay que traducir el certificado bancario al español?
¿Puede un autónomo con visado de nómada digital trabajar con clientes españoles?
Fuentes oficiales
- Ministerio de Inclusión · UGE: documentos para solicitudes iniciales de teletrabajadores (cuantías y acreditación de ingresos) ↗
- Ministerio de Inclusión · UGE: preguntas frecuentes sobre autorizaciones para teletrabajadores ↗
- BOE · Ley 14/2013, artículo 62 y disposición adicional 20 ↗
- Consulado de España en Moscú · Visado de teletrabajo de carácter internacional ↗
- Consulado de España en Moscú · Visado de residencia para teletrabajo (nómada digital): documentos y procedimiento ↗
Fuentes consultadas el 20.10.2026. Los textos consolidados y las páginas de referencia de los organismos tienen carácter informativo: la aplicación jurídica depende de las publicaciones oficiales, las modificaciones y las circunstancias concretas. Material revisado por el abogado Francisco Romero Jiménez (ICAB 33641) el 21.10.2026.
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ReloVictory · Fuentes consultadas el 20.10.2026 · No sustituye a una consulta jurídica individual.
