- El trabajador por cuenta ajena (relación laboral) trabaja solo para una empresa situada fuera de España; con el DNV está prohibido trabajar para un empleador español (artículo 74 bis de la Ley 14/2013) [1].
- La ley exige que la empresa tenga actividad real desde hace al menos un año, que tu contrato de trabajo con ella esté vigente desde al menos tres meses antes de la solicitud y que la empresa permita el trabajo a distancia [1][2].
- La carta del empleador debe recoger el perfil del puesto, las funciones, una declaración expresa de que el trabajo se hace a distancia, el salario en euros y el resto de condiciones [2].
- Los ingresos a partir de 2.849 € brutos al mes se acreditan con las nóminas de tres meses y un certificado bancario en el que los pagos de salario aparezcan por separado [2].
- La Seguridad Social la decide el empleador: o se inscribe en el sistema español como empresa sin centro de trabajo en España, o se aporta un documento del país de origen en virtud de un convenio. Sin esto no se concede el DNV [2][3].
Visado de nómada digital para trabajadores por cuenta ajena: quién puede solicitarlo
El trabajador por cuenta ajena con DNV trabaja con un contrato laboral (relación laboral) para una empresa situada fuera de España. En este modelo la ley prohíbe trabajar para una empresa española: con contrato laboral solo puedes trabajar para un empleador extranjero. Los autónomos tienen otro esquema, con clientes españoles de hasta el 20 % [1]. Las diferencias entre modelos se explican en el artículo si se puede trabajar para una empresa española con el DNV.
Además del modelo, necesitas cualificación (título universitario, de formación profesional o de escuela de negocios, o tres años de experiencia en funciones similares) y poder hacer el trabajo exclusivamente a distancia [1]. La UGE aclara que las funciones no deben exigir la dirección presencial de la producción, el control del personal ni la venta sobre el terreno, y puede pedir datos sobre el tamaño y la estructura de la empresa [2]. Condiciones generales: Digital Nomad en España.
Qué debe hacer la empresa para tu visado de nómada digital
La mitad de los documentos del expediente de un trabajador por cuenta ajena son de la empresa. Tendrá que aportar [1][2]:
| Documento o trámite | Qué contiene | Para qué |
|---|---|---|
| Carta del empleador | Perfil del puesto, funciones, declaración expresa de que se puede trabajar a distancia, salario en euros, condiciones | Acreditar que se permite el trabajo a distancia |
| Contrato de trabajo | Fecha de inicio al menos tres meses antes de la solicitud (relación de al menos tres meses) | Acreditar la duración de la relación |
| Certificado del registro mercantil | Fecha de constitución y tipo de actividad, con al menos un año de antigüedad | Acreditar actividad real |
| Nóminas y certificado bancario | Tres meses antes de la solicitud, pagos señalados por separado | Acreditar los ingresos |
| Decisión sobre la Seguridad Social | Inscripción de la empresa en el sistema o certificado del país de origen | Cumplir con las obligaciones de Seguridad Social |
La UGE considera la carta un documento obligatorio independiente y exige que indique el salario en euros [2]. Estructura de ejemplo: modelo de carta del empleador para el DNV. Si la empresa no puede emitir el certificado del registro en su idioma, debe presentarse apostillado y traducido, como el resto de documentos oficiales [2].
Cómo hablar con la empresa: qué explicar y qué pedir
Decirle a tu responsable «quiero trabajar desde España» no basta. Hacen falta puntos concretos:
- País y plazo. El trabajo se hace desde España, durante un máximo de tres años; puede cambiar el país de la empresa o de la filial.
- Carta. El empleador acepta firmar una carta según la lista de la UGE y entregar una copia del contrato.
- Seguridad Social. O la empresa se inscribe en el sistema español como empleador sin centro de trabajo en el país, o tú obtienes un certificado del país de origen, si hay convenio, y ese documento cubre expresamente el trabajo a distancia desde España [2]. Las dos vías se explican en el artículo cómo resolver la Seguridad Social sin A1.
- Salario en euros. Si cobras en otra moneda, la carta debe indicar expresamente el importe en euros [2].
- Cuestión fiscal. La presencia del trabajador en España también puede tener consecuencias fiscales para la empresa. Es una cuestión para el asesor fiscal del empleador y aquí no la tratamos.
Si el empleador se niega a gestionar la Seguridad Social, no puedes figurar como «contratista» en lugar de trabajador. La UGE indica claramente que la prueba de una relación laboral no sirve para acreditar una relación profesional, ni al revés [2]. Solo se puede cambiar de modelo si el nuevo se ajusta a la realidad: DNV o cuenta propia para un freelance.
Cómo acreditar los ingresos y las condiciones de trabajo
El umbral para el solicitante es el 200 % del SMI: 2.849 € brutos al mes, 34.188 € al año [2][3]. El importe se calcula antes de impuestos y cotizaciones. La UGE pide las nóminas de los tres meses anteriores a la solicitud y un certificado bancario a nombre del solicitante, sellado por el banco, en el que los pagos de salario aparezcan por separado y coincidan con las nóminas [2]. Si el salario no llega al umbral, la diferencia para toda la vigencia de la autorización se cubre con ahorros acreditados mediante certificados bancarios [2].
Para la familia el umbral es más alto: 1.068 € al mes por el primer familiar y 356 € por cada uno de los siguientes. Ejemplo: ingresos de una familia de tres personas. Cálculo detallado: cómo calcular los ingresos para el DNV. Si cobras bonus, una 13.ª paga, en dos divisas o con pagos trimestrales, comprueba de antemano cómo queda en tres meses y explica las diferencias en una nota aparte [2].
Paso a paso para el trabajador por cuenta ajena
- Comprueba los plazos. Antes de solicitar deben haber pasado tres meses desde la fecha de inicio del contrato, y la empresa debe tener un año [1].
- Acuerda con el empleador la carta y la Seguridad Social. La decisión sobre la inscripción debe tomarse antes de presentar la solicitud [2].
- Prepara los documentos. Formulario, pasaporte, carta, contrato, nóminas, certificado bancario, título o experiencia, certificados de antecedentes penales, seguro o documento de Seguridad Social, justificante de pago de la tasa [2].
- Elige la vía. Visado en el consulado del lugar de residencia o solicitud a la UGE desde España: solicitud desde España [1].
- Tras la resolución, date de alta. Si la inscripción se hace en el sistema español, el alta en el Régimen General se tramita antes de empezar a trabajar desde España. Es una condición de la autorización y su incumplimiento puede llevar a su extinción [2].
- Comunica los cambios. El cambio de empleador, de condiciones o de país de la empresa debe comunicarse a la UGE en un plazo de 30 días: cambio de empleador con el DNV [1].
Impuestos del trabajador por cuenta ajena: qué saber antes de presentar la solicitud
La autorización de residencia por sí sola no da ventajas fiscales. Si pasas en España más de 183 días al año o aquí está el centro de tus intereses económicos, eres residente fiscal y pagas el IRPF por tu renta mundial. Para el teletrabajador por cuenta ajena con DNV, la ley permite el régimen especial de la Ley Beckham (tributación con reglas próximas a las de los no residentes), si se cumplen los requisitos y se presenta una solicitud aparte: Ley Beckham para nómadas digitales. Visión general: impuestos del nómada digital en España.
Errores habituales de los trabajadores por cuenta ajena
- Una política general de remote work en lugar de la carta. Hacen falta condiciones concretas para trabajar precisamente desde España [2].
- Contrato con una sociedad y salario pagado por otra. El empleador que figura en los documentos y quien paga deben coincidir o la diferencia debe explicarse.
- Solicitar antes de los tres meses. El plazo se cuenta hasta la fecha de la solicitud [1].
- Elegir la vía sin acordarla con el empleador. La inscripción en la Seguridad Social requiere que la empresa actúe [2].
- Hacer pasar a un trabajador por contratista. La UGE no acepta un tipo de relación en lugar de otro [2].
- Salario solo en rublos o en otra moneda sin conversión. El umbral se calcula en euros y la carta debe indicar el salario en euros [2].
Cuándo conviene un análisis individual
Conviene una revisión si el empleador es un grupo de empresas, si tienes participación en la sociedad, si la empresa no está dispuesta a inscribirse en la Seguridad Social, si el contrato ha cambiado en los últimos meses o si el salario se paga de forma irregular. El esquema se elige según tu caso y lo revisan el abogado del equipo y el gestor.
En qué podemos ayudarte
El equipo de ReloVictory en Barcelona prepara para ti y para tu empleador la lista de documentos y preguntas, redacta la carta según los requisitos de la UGE, ayuda con traducciones y apostillas, planifica la inscripción en la Seguridad Social y acompaña la solicitud y la renovación. Consulta: primeros 15 minutos gratis. Formato del servicio: Digital Nomad, hoja de ruta DNV.
Preguntas frecuentes
¿Puede un trabajador por cuenta ajena obtener el DNV?
¿Qué debe incluir la carta del empleador para el DNV?
¿Tiene que inscribirse el empleador en la Seguridad Social española?
¿Se puede tramitar el DNV si el empleador no quiere colaborar?
¿Cuánto tiene que ganar un trabajador por cuenta ajena para el DNV?
¿Qué hacer si cambias de empleador durante el DNV?
Fuentes oficiales
- BOE · Ley 14/2013, artículos 62, 74 bis - 74 quinquies, 76 y disposición adicional 7 ↗
- Ministerio de Inclusión, UGE · Documentos que presentan los solicitantes titulares (teletrabajadores) ↗
- Ministerio de Inclusión, UGE · Preguntas frecuentes, teletrabajadores internacionales ↗
Fuentes consultadas el 02.10.2026. Los textos consolidados y las páginas de referencia de los organismos tienen carácter informativo: la aplicación jurídica depende de las publicaciones oficiales, las modificaciones y las circunstancias concretas. Material revisado por el abogado Francisco Romero Jiménez (ICAB 33641) el 21.10.2026.
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ReloVictory · Fuentes consultadas el 02.10.2026 · No sustituye a una consulta jurídica individual.
