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Tasas 790: cómo no confundir las tasas administrativas en España

El modelo 790 es uno, pero se paga con el código del trámite concreto: 012 para el NIE, la TIE y documentos de policía, 052 para autorizaciones de residencia, 062 para autorizaciones de trabajo y 038 para solicitudes ante la UGE. Un código erróneo supone pagar otro trámite, y hay que corregirlo antes de la cita.

Material informativo, no un dictamen jurídico individual. Las condiciones dependen de cada situación concreta y pueden cambiar.
En resumen
  • Cuatro códigos para casos distintos. 012: NIE, TIE, regreso, certificados (Policía). 052: autorizaciones de residencia (Delegaciones y Subdelegaciones). 062: autorizaciones de trabajo. 038 punto 7: solicitudes ante la UGE por la Ley 14/2013, incluido el DNV [1][2][3][6].
  • Los importes están fijados en el anexo de la Orden PJC/617/2025 (BOE del 16.06.2025) y se actualizan cada año con la ley de presupuestos. Por ejemplo, la residencia inicial por reagrupación o no lucrativa cuesta 10,94 €, la renovación 16,40 €, el arraigo 38,28 € y la larga duración 21,87 € [1][4].
  • Paga la persona a cuyo favor se concede la autorización y, en las autorizaciones de trabajo por cuenta ajena, el empleador (artículo 3 de la Orden). Cada solicitante paga por separado; para una familia hacen falta recibos separados [1].
  • El plazo de pago es de 10 días hábiles desde la presentación. Si presentas por vía electrónica, pagas en el momento de presentar; la copia con el NRC se envía al órgano en un plazo de 15 días desde el pago (artículo 2 de la Orden) [1].
  • La tasa no garantiza la resolución ni sustituye los honorarios por la gestión: son importes distintos y en el presupuesto deben figurar por separado.

Tasas 790: cuatro códigos y para qué sirve cada uno

El modelo 790 es un impreso de autoliquidación: tú eliges el código y el punto, generas el documento y pagas. Según la Orden PJC/617/2025, las tasas por autorizaciones y documentos de la Ley Orgánica 4/2000 son autoliquidables [1]. El número del modelo no dice qué estás pagando exactamente, así que primero se define el trámite, luego el órgano y después el código.

CódigoConceptoQuién lo tramitaDónde se genera
012NIE, TIE, regreso, certificados, duplicado, documentos de la Policía [2][4]Policía Nacional, Oficina de Extranjería al recoger la tarjetaFormulario en la web de la Policía; pago en el banco [2][4]
052Autorizaciones de residencia y documentos relacionados [5]Delegaciones y Subdelegaciones del GobiernoEn línea con pago por la pasarela de la AEAT, o en el banco con el impreso [5]
062Autorizaciones de trabajo [6]Delegaciones y SubdelegacionesIgual que el 052 [6]
038 punto 7Solicitudes de autorizaciones de movilidad internacional por la Ley 14/2013 ante la UGE (DNV y otras) [7]Unidad de Grandes Empresas, Ministerio de InclusiónFormulario de la tasa en la página de la UGE y pago en línea con obtención del NRC [7]

El principio de que «el modelo 790 no es una sola tasa» y la forma de pago se explican en dos artículos: qué es el modelo 790 y cómo pagar la tasa en línea. Aquí vemos otra cosa: cómo no equivocarte de código en tu caso.

Qué importes se pagan: tabla por trámite

Los importes proceden del anexo de la Orden PJC/617/2025 y, para las líneas que gestiona la Policía, están confirmados por la tabla de la Policía a principios de octubre de 2026. La Orden prevé una subida anual (artículo 1.2), así que comprueba la cifra en el formulario el día del pago [1][4].

TrámitePunto de la OrdenImporte
Residencia inicial: no lucrativa, reagrupación, trabajo, excepción de trabajo2.1.1 - 2.1.410,94 €
Residencia inicial de un menor (artículos 159, 160)2.1.510,94 €
Renovación de la residencia (no lucrativa, reagrupación, trabajo)2.2.1 - 2.2.416,40 €
Arraigo (todos los tipos) u otras circunstancias del punto 2.3.2.a2.3.1, 2.3.2.a38,28 €
Larga duración y larga duración-UE2.621,87 €
Autorización inicial de trabajo por cuenta ajena (según el salario)3.2.1203,84 € o 407,71 €
NIE a petición del interesado5.12, código 0129,84 €
Primera TIE en residencia temporal4.2, código 01216,08 €
TIE en la renovación4.3, código 01219,30 €
TIE de familiar de ciudadano español, certificado o tarjeta de familiar de ciudadano de la UE4.1 y 4.6, código 01212 €
Autorización de regreso5.10, código 01210,72 €
Solicitud inicial ante la UGE (DNV y otras)038 punto 773,26 €
Renovación ante la UGE038 punto 7compruébalo en la página del organismo

Datos de la Policía desde octubre de 2026: NIE 9,84 €, TIE 16,08 € / 19,30 € / 21,87 € / 12 €, regreso 10,72 € [4]. Los importes de la UGE se indican a 01.10.2026 y se revisan cada año: tasas del DNV. Para la tarjeta: cuánto cuesta la TIE; para el NIE: cuánto cuesta el NIE.

Quién paga y por quién

Según el artículo 3 de la Orden, el sujeto pasivo es la persona a cuyo favor se concede la autorización o se expide el documento. La excepción: en las autorizaciones de trabajo por cuenta ajena, el obligado al pago es el empleador [1]. Si paga el empleador, según el artículo 3 no puede repercutir este importe al trabajador [1]. En el caso de los familiares, la tasa se paga por separado por cada persona que tramita su propia autorización o tarjeta; un recibo común «para todos» no sirve [1].

Puedes pagar por otra persona, pero en el formulario deben figurar los datos de quien recibe el servicio: NIE u otro identificador, apellido y número de expediente. La Orden exige a quien rellena el formulario que indique los datos del pagador y el número de expediente al que corresponde el pago [1]. Para algunos colectivos la ley exime de las tasas de las autorizaciones de trabajo: por ejemplo, nacionales de países iberoamericanos, filipinos, andorranos, ecuatoguineanos, sefardíes, e hijos y nietos de españoles de origen. Si te corresponde la exención y para qué trámites exactamente, hay que valorarlo de forma individual [1].

Cuándo pagar: plazos y orden

  • Presentación electrónica. La tasa se paga en el momento de presentar la solicitud (artículo 2.3 de la Orden) [1]. En la UGE se paga antes en línea y se indica el NRC al presentar [7].
  • Presentación en papel o presencial. El plazo voluntario de pago es de 10 días hábiles desde la presentación; la copia del documento de pago con el NRC se envía al órgano en un plazo de 15 días desde el pago (artículos 2.2 y 2.5) [1]. La Hoja 8 sobre reagrupación dice lo mismo: la tasa se devenga con la presentación y se paga en un plazo de diez días hábiles [8].
  • Tasa de la TIE. Se paga antes de la cita y se lleva el recibo al presentar el EX-17 [2].
  • Tramitación electrónica con el código 052. El pago sin el paso «Firmar y Enviar» no está completo: aún hay que registrar el formulario y descargar el justificante [5].

Cómo comprobar el código y el importe antes de pagar: cinco pasos

  1. Nombra el trámite. «Residencia inicial no lucrativa», «renovación de la TIE», «solicitud del DNV ante la UGE»: tal como figura en la página oficial [1][2][7].
  2. Identifica el órgano. Policía, Oficina de Extranjería o UGE. De él depende el código [2][5][7].
  3. Abre el formulario del órgano. No uses como plantilla el recibo antiguo de un conocido: el importe y el punto pueden ser otros [1].
  4. Revisa los datos. Nombre, número de documento, provincia, punto elegido, importe y pagador [1][5].
  5. Guarda la confirmación. El recibo, el NRC y el justificante en PDF, en una carpeta aparte [1][5][7].

Si el pago se hizo mal

No modifiques el PDF del recibo ni intentes «renombrar» un pago. El formulario del código 012 tiene las opciones «principal» y «complementaria», es decir, prevé una autoliquidación complementaria cuando hay que añadir un importe a lo ya pagado; en ella se indica el número de la principal y el importe pagado [2]. Qué hacer si has pagado un código equivocado (pedir la compensación, la devolución o pagar de nuevo) depende del procedimiento y de la decisión del organismo. No hemos encontrado respuesta en fuentes abiertas: consúltalo con el órgano ante el que presentas la solicitud antes de volver a pagar. Las condiciones de devolución si se deniega la autorización también dependen de tu caso.

Errores habituales

  • Pagar el código 012 en lugar del 052 o el 038, o al revés [1][2][5][7].
  • Pagar una sola tasa «para toda la familia» [1].
  • Sacar el importe de un artículo antiguo de internet. Puede haber cambiado: la Orden prevé una subida anual [1].
  • Pagar el 052 en línea y no registrar el formulario [5].
  • No guardar el NRC y el justificante. Sin ellos no se puede acreditar el pago [1][5].
  • Enviar tarde la copia al órgano: 15 días desde el pago (en la vía en papel) [1].
  • Tomar el pago a una agencia o a un abogado como si fuera la tasa: son pagos distintos. La gestión no es una tasa pública.
  • Dar tus contraseñas bancarias a quien te hace el trámite: la ayuda con el formulario no lo requiere.

Cuándo conviene un análisis individual

Hace falta una revisión si tu trámite no aparece en la tabla (cambio de fundamento de la residencia, procedimientos simultáneos, el procedimiento de un menor junto con un arraigo, nueva solicitud tras una denegación), si el pago se hizo mal, si el empleador paga la tasa por ti o si solicitas una exención. Aquí la respuesta depende del procedimiento.

En qué podemos ayudarte

El equipo de ReloVictory en Barcelona prepara la lista de pagos de tu procedimiento, genera los formularios con el código correcto, comprueba los importes en la fecha de pago y lleva una carpeta con los justificantes. La parte administrativa la lleva el gestor del equipo. El coste de la gestión se calcula de forma individual mediante presupuesto, y las tasas públicas y las traducciones se pagan aparte y figuran en el presupuesto en una línea separada. La empresa no responde de los plazos de respuesta de los organismos. Para pedir cita: consulta. Página del servicio: documentos y citas con los organismos.

Preguntas frecuentes

¿Qué códigos del modelo 790 necesitan los extranjeros?
El código 012 para el NIE, la TIE y los documentos de la Policía, el 052 para las autorizaciones de residencia, el 062 para las de trabajo y el 038 punto 7 para las solicitudes ante la UGE por la Ley 14/2013. Qué código corresponde a cada trámite lo indica la página oficial de tu procedimiento [1][2][5][6][7].
¿Cuánto cuesta la tasa de la residencia inicial?
Según el anexo de la Orden PJC/617/2025, para la residencia inicial no lucrativa, por reagrupación, por trabajo y por excepción de trabajo son 10,94 €, y para la renovación 16,40 €. Comprueba el importe en el formulario el día del pago: se actualiza cada año [1].
¿Una tasa para toda la familia o una por persona?
Una por cada persona que tramita su propia autorización o tarjeta. El sujeto pasivo es la persona a cuyo favor se expide el documento (artículo 3 de la Orden). Un recibo común para la familia no sirve [1].
¿Cuándo hay que pagar la tasa?
En la presentación electrónica, en el momento de presentar. En papel, en un plazo de 10 días hábiles desde la presentación, y la copia con el NRC se envía al órgano en un plazo de 15 días desde el pago. En la UGE se paga en línea por adelantado [1][7].
¿Se puede pagar la tasa por otra persona?
Sí, pero en el formulario se indican los datos de quien recibe el servicio (identificador, apellido, número de expediente). Para la UGE, el formulario tiene una opción de pago por otra persona, con los datos del solicitante en el apartado de la autorización [1][7].
¿Qué hago si he pagado un código equivocado?
No modifiques el PDF. Pregunta al órgano ante el que se presenta la solicitud si se puede compensar el pago o hace falta pagar de nuevo. El formulario 012 admite una autoliquidación adicional (complementaria), pero no hemos encontrado en fuentes abiertas una respuesta general sobre la devolución [2].
¿La tasa del DNV se paga con el código 012?
No. La solicitud ante la UGE se paga con el código 038 punto 7, y la tarjeta TIE aparte con el código 012: 73,26 € y 16,08 €. Son dos pagos distintos [2][7].
¿Se puede pagar el código 012 en línea?
En la página de la Policía el pago se describe en el banco con el impreso; no hace falta abrir cuenta. Las páginas oficiales no describen el pago en línea del código 012; no pagues mediante enlaces fuera de sede.policia.gob.es [2][4].

Fuentes oficiales

  1. BOE · Orden PJC/617/2025: importes de las tasas por autorizaciones y documentos de la LO 4/2000, artículos 1-3 y anexo (BOE del 16.06.2025) ↗
  2. Policía Nacional · Tasa modelo 790 código 012 (formulario) ↗
  3. Policía Nacional · Tarjeta inicial o renovación de residencia (EX-17, pago y lugar) ↗
  4. Policía Nacional · Tasas de extranjería (importes por línea) ↗
  5. Sede administracionespublicas.gob.es · Tasa 052 ↗
  6. Sede administracionespublicas.gob.es · Tasa 062 ↗
  7. Ministerio de Inclusión, UGE · Solicitudes: cómo presentar la solicitud (modelo 038 punto 7) ↗
  8. Ministerio de Inclusión · Hoja 8: reagrupación familiar (modelo 790, código 052, punto 2.1.2) ↗

Fuentes consultadas el 02.10.2026. Los textos consolidados y las páginas de referencia de los organismos tienen carácter informativo: la aplicación jurídica depende de las publicaciones oficiales, las modificaciones y las circunstancias concretas. Material revisado por el abogado Francisco Romero Jiménez (ICAB 33641) el 21.10.2026.

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Condiciones de ReloVictory: consulta de 15 minutos gratuita, consulta completa de 121 € por 45 minutos; la tramitación se presupuesta aparte, y las tasas y traducciones se pagan por separado. La parte jurídica la lleva el abogado del equipo; la fiscal y administrativa, una graduada social. Más información: sobre el equipo.

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