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Cuánto cuesta el NIE en España: tasa de 9,84 € y otros gastos

El coste del NIE a solicitud del extranjero es la tasa estatal de 9,84 € del modelo 790 código 012 (a 2 de octubre de 2026). Las traducciones, el poder de representación y los servicios de un intermediario se pagan aparte.

Material informativo, no un dictamen jurídico individual. Las condiciones dependen de cada situación concreta y pueden cambiar.
En resumen
  • 9,84 €: tasa del modelo 790 código 012 por la asignación de NIE a instancia del interesado, según el impreso de la web de la Policía y el anexo de la Orden PJC/617/2025 (punto 5.12), a 2 de octubre de 2026 [1][4].
  • El NIE a instancia del interesado lo solicitan quienes tienen intereses económicos, profesionales o sociales en España, no se encuentran en el país de forma irregular y explican los motivos de la solicitud [2][3].
  • Si inicias un procedimiento para una autorización, la Policía asigna el NIE de oficio y no hace falta presentar una solicitud de NIE aparte (artículo 205.3 del RD 1155/2024) [3].
  • La Policía debe resolver la solicitud de NIE en cinco días; si no hay respuesta, se entiende desestimada [2][3].
  • El NIE es un número de identificación, pero no da derecho a vivir ni a trabajar en España: eso es una situación aparte [3].

¿Cuánto cuesta obtener el NIE?

QuéCuántoFuente
Tasa por la asignación de NIE a instancia del interesado9,84 €Impreso modelo 790 código 012, sede.policia.gob.es [1]
Tasa por la primera expedición de la TIE16,08 €El mismo impreso [1]
Servicios de un representante, traducciones, poder notarialNo estandarizadoNo hemos encontrado una tarifa oficial

El importe de 9,84 € figura en el impreso que la Policía publica en la página «Tasa modelo 790 Código 012. Reconocimientos, Autorizaciones y Concursos». El mismo importe aparece en el anexo de la Orden PJC/617/2025 (punto 5.12) [4]. La orden prevé una actualización anual mediante la ley de presupuestos, así que comprueba el importe vigente en el formulario antes de pagar [1][4].

¿Quién solicita el NIE y paga esta tasa?

El NIE a instancia del interesado lo necesitan quienes tienen intereses económicos, profesionales o sociales en España: por ejemplo, quienes compran vivienda o quienes necesitan el número para operaciones. Las condiciones son sencillas: la persona no debe estar en España de forma irregular y tiene que indicar los motivos por los que pide el número [2][3]. La solicitud la presenta el propio interesado ante la Dirección General de la Policía, directamente, a través de las oficinas de extranjería o de las comisarías, y, si está en el extranjero, a través de un consulado de España [2][3].

Documentos según la página de la Policía: el formulario EX15 cumplimentado y el justificante de pago de la tasa del modelo 790 código 012 [2]. Qué justificantes adicionales de los motivos te pedirán en tu caso depende de la oficina.

¿Quién no paga una tasa aparte por el NIE?

A quién se le asigna el NIE de oficio. El artículo 205 del RD 1155/2024 dice que los extranjeros para quienes se ha iniciado un procedimiento para obtener un documento que les permita estar en España reciben un número personal, y la Policía asigna el NIE de oficio. En el caso de los visados, la asignación automática solo se aplica a los visados que permiten permanecer más de 90 días sin una autorización aparte [3]. En la normativa no hemos encontrado la obligación de pagar una tasa aparte por el NIE en estos casos; eso sí, pagas las tasas del propio procedimiento. Cómo funciona en tu expediente depende del tipo de procedimiento, y es una pregunta para un abogado o un gestor.

Sobre la diferencia entre el NIE y la TIE, consulta el artículo aparte, y sobre la TIE en Barcelona: TIE y huellas.

¿Cómo se paga la tasa del NIE?

  1. Abre el formulario en línea de la Policía Tasa 790, código 012 y elige el trámite «Asignación de NIE a instancia del interesado»: el importe aparece al lado [1].
  2. Rellena los datos del solicitante y genera el documento de pago.
  3. Paga en un banco u otra entidad de crédito: no hace falta abrir una cuenta en ella [2].
  4. Guarda el documento pagado: forma parte de la documentación que hay que presentar [2].

Explicación detallada del formulario y del pago en línea: modelo 790 y cómo pagar la tasa en línea.

¿Qué gastos hay además de la tasa?

Los gastos dependen de lo que necesites: traducción jurada y apostilla de los documentos si los adjuntas para justificar los motivos, un poder ante notario si presentas la solicitud a través de un representante, los servicios de un gestor o de un despacho jurídico. No hay una tarifa única, y el precio lo fija quien presta el servicio. Pide el presupuesto por escrito: qué incluye y si contempla tasas, traducciones y subsanaciones.

En nuestro formato, las tasas y las traducciones se pagan aparte de la gestión, y la gestión se presupuesta. La preparación de documentos y la presentación las lleva el equipo dentro de los servicios de documentación; el procedimiento para cada vía de residencia está en la página residencia en Barcelona.

¿Cuánto hay que esperar y cómo recurrir una denegación?

La Policía debe resolver la solicitud y notificarla en un plazo de cinco días desde su entrada en el registro. Si el plazo pasa sin respuesta, la solicitud se entiende desestimada, es decir, el silencio equivale a una denegación. La resolución pone fin a la vía administrativa: puedes interponer recurso de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses [2][3]. No hemos encontrado en fuentes oficiales los plazos reales en Barcelona. Hablamos de ellos en el artículo sobre la espera del NIE.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta el NIE?
La tasa del modelo 790 código 012 por la asignación de NIE a instancia del interesado es de 9,84 € a 2 de octubre de 2026 (impreso de la Policía y anexo de la Orden PJC/617/2025). No incluye traducciones, poder notarial ni servicios de intermediarios, que se pagan aparte. El importe de la tasa se actualiza, así que comprueba el formulario antes de pagar. [1][4]
¿Hay que pagar tasa por el NIE al solicitar la residencia?
Si inicias un procedimiento para una autorización, el NIE se asigna de oficio (artículo 205.3 del RD 1155/2024) y no hace falta presentar una solicitud de NIE aparte. No hemos encontrado la obligación de pagar una tasa específica por el NIE en estos casos. Lo que se paga por el procedimiento depende de su tipo. [3]
¿Cuánto se tarda en recibir el NIE tras presentar la solicitud?
La Policía debe resolver la solicitud en cinco días desde su entrada; el silencio pasado ese plazo equivale a una denegación. Los plazos reales varían según la oficina, y no hemos encontrado estadísticas oficiales. Conviene presentar la solicitud con la documentación completa. [2][3]
¿Dónde se paga la tasa del NIE?
Genera el documento en el formulario en línea Tasa 790, código 012 de la web de la Policía y págalo en un banco, una caja de ahorros o una cooperativa de crédito: no hace falta abrir una cuenta. El ejemplar pagado se adjunta a la solicitud junto con el formulario EX15. Guarda el justificante hasta recibir la resolución. [1][2]
¿El NIE da derecho a vivir y trabajar en España?
No. El NIE es el número de identificación personal del extranjero, y también se asigna a quienes simplemente tienen intereses en España. El derecho a residir y trabajar lo determina una autorización aparte. Las diferencias entre el NIE, la TIE y la autorización de residencia se explican en el artículo sobre el NIE y la TIE. [3]

Fuentes oficiales

  1. Sede de la Policía Nacional · Tasa modelo 790, código 012 (impreso con los importes) ↗
  2. Sede de la Policía Nacional · Asignación de NIE a instancia de interesado (formulario EX15) ↗
  3. BOE · Real Decreto 1155/2024, artículo 205 (número de identidad de extranjero) ↗
  4. BOE · Orden PJC/617/2025, anexo, punto 5.12 (asignación de NIE a instancia del interesado) ↗

Fuentes consultadas el 02.10.2026. Los textos consolidados y las páginas de referencia de los organismos tienen carácter informativo: la aplicación jurídica depende de las publicaciones oficiales, las modificaciones y las circunstancias concretas. Material revisado por el abogado Francisco Romero Jiménez (ICAB 33641) el 21.10.2026.

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