Calculadora

Tasas del visado de nómada digital para toda la familia

La calculadora suma las tasas oficiales del DNV para usted y su familia: la autorización de la UGE, la TIE y la tasa consular si viene con visado. Sirve para la solicitud inicial y para la renovación.

Material informativo, no un dictamen jurídico individual. Las condiciones dependen de cada situación concreta y pueden cambiar.

Calculadora

El cálculo se hace en su navegador: los datos que introduce no se envían ni se guardan.

Cómo calcula

La calculadora suma las tasas oficiales de todos los solicitantes: usted y cada familiar que pide autorización. Siempre hay un solicitante más que familiares.

TasaImporte a 01.10.2026Quién pagaFuente
Autorización inicial de la UGE, modelo 790-03873,26 €cada solicitante, familiares incluidos[1][2]
Renovación de la autorización de la UGE, 790-038aparece en el formulario, no publicadacada solicitante[7]
TIE, primera expedición, 790-01216,08 €quien tenga una autorización de más de 6 meses[4][8]
TIE en la renovación, 790-01219,30 €quien renueve la autorización[4][8]
Visado en el consuladosegún la tarifa del consulado, en moneda localcada persona que obtiene visado[5]

La fórmula es sencilla: tasas de la UGE = solicitantes × 73,26 €, TIE = solicitantes × 16,08 € (× 19,30 € en la renovación). El total en euros suma solo estas dos líneas. Los importes base los fijó la Orden ESS/1571/2014 y se actualizan cada año por la ley de presupuestos[3].

Por qué no hay TIE con el visado. El visado de teletrabajo dura hasta un año y por sí mismo permite residir en España sin tarjeta (artículo 75.4 Ley 14/2013)[6]. La tarjeta hace falta cuando la UGE concede una autorización de más de seis meses (artículo 76.2)[6]. Por eso, en la vía consular, la calculadora cuenta la TIE solo en la fase de autorización. La norma general del Reglamento habla de tarjeta también para visados de más de seis meses (artículo 209 RD 1155/2024)[9], pero el DNV tiene su propio artículo 75.4.

La calculadora no convierte la tasa consular a euros: el consulado la cobra en moneda local y la revisa según el tipo de cambio[5]. Consulte el importe en la web de su consulado.

El ministerio no publica la tasa de renovación en sus materiales públicos. La sede indica que en la renovación la tasa del código 038 la pagan el solicitante principal y los familiares, y el importe aparece en el formulario al elegir «renovada»[7].

La tasa se devenga al presentar la solicitud (disposición adicional decimonovena Ley 14/2013)[6], así que una denegación por sí sola no da derecho a devolución.

  • No incluye traducciones, apostillas, seguro ni honorarios de representantes.
  • No incluye la actualización de importes en un año nuevo.
  • Supone que todos los familiares obtienen la autorización por el mismo plazo que usted.

Cómo pagar cada tasa y qué adjuntar a la solicitud: tasas del visado de nómada digital. Requisitos del propio visado: visado de nómada digital en España.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga en tasas una familia de tres personas?
En una solicitud inicial desde España, tres veces 73,26 € por las autorizaciones de la UGE y tres veces 16,08 € por las TIE: 268,02 € en total a 01.10.2026[1] [8]. No incluye la tasa consular, traducciones ni apostillas.
¿Se paga la tasa por el hijo y el cónyuge?
Sí. La tasa inicial 790-038 la paga cada solicitante, también los familiares que piden autorización[1] [2]. Cada persona obtiene y paga además su TIE.
¿Por qué la calculadora no muestra el importe de la renovación?
El ministerio no lo publica: aparece en el modelo 790-038 al elegir la opción de renovación[7]. Solo se conoce el precio de la TIE en la renovación: 19,30 €[4].
¿Necesito TIE si vine con visado del consulado?
No mientras el visado esté vigente: permite residir en España sin tarjeta (artículo 75.4 Ley 14/2013)[6]. La tarjeta se pide cuando la UGE concede una autorización de más de seis meses (artículo 76.2)[6].
¿Cuánto cuesta la tasa consular del visado?
Se cobra en moneda local según la tarifa del consulado y cambia con el tipo de cambio[5]. Consulte la cifra exacta en la web del consulado donde presenta la solicitud.
¿Cuánto costará la tarjeta al pasar a larga duración?
Según la Orden PJC/617/2025, la tarjeta de residencia de larga duración cuesta 21,87 €[4]. Esta calculadora no cuenta la tasa de la propia autorización de larga duración.

Fuentes oficiales

  1. Ministerio de Inclusión · UGE: preguntas frecuentes sobre teletrabajadores de carácter internacional ↗
  2. Sede electrónica del Ministerio de Inclusión · Tasa 038 ↗
  3. BOE · Orden ESS/1571/2014, tasas de la Ley 14/2013 (importes de 2014, actualización anual) ↗
  4. BOE · Orden PJC/617/2025, tasas de autorizaciones y documentos de la LO 4/2000 ↗
  5. Consulado de España en Moscú · Visado de teletrabajo de carácter internacional ↗
  6. BOE · Ley 14/2013, artículos 62, 75, 76 y disposición adicional decimonovena ↗
  7. Sede electrónica del Ministerio de Inclusión · presentación de solicitudes de la Ley 14/2013 (pago, renovación) ↗
  8. Policía Nacional · Tasas de extranjería (modelo 790 código 012, TIE) ↗
  9. BOE · Real Decreto 1155/2024 (Reglamento de extranjería), artículo 209 ↗

Orientación según las normas de 2026, no es asesoramiento jurídico ni fiscal.

Convierte la información en preguntas.

El navegador te ayuda a reunir los temas para una revisión individual. No determina tu derecho a la residencia ni presenta ninguna solicitud.

Preparar tu lista

Condiciones de ReloVictory: consulta de 15 minutos gratuita, consulta completa de 121 € por 45 minutos; la tramitación se presupuesta aparte, y las tasas y traducciones se pagan por separado. La parte jurídica la lleva el abogado del equipo; la fiscal y administrativa, una graduada social. Más información: sobre el equipo.

¿Prefieres hacerlo por tu cuenta? Guías paso a paso: residencia en Barcelona: del empadronamiento a la TIE y hojas de ruta por tipo de autorización.

¿Cómo se aplica esto a tu situación?

Elige tu primer paso con un test breve o comenta tus preguntas con el equipo de ReloVictory.