- La aseguradora debe estar autorizada para operar en España (artículo 62.3 e de la Ley 14/2013), y el consulado en Bogotá añade que debe figurar en la lista del organismo supervisor, la DGSFP [1][6].
- Cobertura como la del sistema público SNS. La póliza debe dar una cobertura equivalente a la del Sistema Nacional de Salud: no se aceptan pólizas de viaje, pólizas solo de reembolso de gastos, con copago (pago adicional por servicio) ni con carencias (periodos de espera) [2][3].
- Los consulados de España en Moscú y en Estambul exigen que la póliza siga activa durante toda la vigencia de la autorización [4][5].
- Puedes no adjuntar el seguro si, tras obtener la autorización, te das de alta en la Seguridad Social española: así lo dice la guía de la UGE [2]. Los consulados lo formulan de forma distinta, así que para el visado consulta la página de tu consulado [4][6].
- El artículo describe solo los requisitos del organismo: sin recomendar aseguradoras y sin precios.
Qué seguro necesitas para la residencia de nómada digital: requisitos de la UGE
La ley exige «seguro público o seguro privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España», es decir, un seguro público o uno privado contratado con una aseguradora que pueda operar en España (artículo 62.3 e de la Ley 14/2013) [1]. Los detalles los fijan la guía de la UGE y las páginas de los consulados. Juntos dan los siguientes criterios.
| Criterio | Qué exige el organismo | Fuente |
|---|---|---|
| Aseguradora | Autorizada para operar en España; según los consulados, inscrita en la lista de la DGSFP | Ley 14/2013, art. 62.3 e; consulado en Bogotá [1][6] |
| Alcance de la cobertura | Equivalente a la cobertura del SNS; para el consulado en Bogotá, la póliza cubre todos los riesgos que cubre el sistema público | UGE, consulados [2][5][6] |
| Tipo de póliza | Ni de viaje ni solo de reembolso de gastos | UGE, preguntas frecuentes [2][3] |
| Copago y carencias | No se admiten | UGE, preguntas frecuentes [2][3] |
| Duración | Póliza activa durante toda la vigencia de la autorización | consulados en Moscú y Estambul [4][5] |
| Acreditación | Certificado de la póliza; original y copia para el consulado en Bogotá | consulado en Bogotá [6] |
La ley solo recoge el primer criterio. Los demás figuran en las guías de los organismos, que pueden actualizarse, así que contrasta las páginas vigentes de la UGE y de tu consulado antes de contratar.
Qué son el copago, la carencia y el «reembolso» y por qué son un problema
Copago: lo que paga el paciente por cada visita, prueba o medicamento. Carencia: periodo de espera tras contratar la póliza durante el cual el seguro no cubre determinados servicios. Reembolso: la póliza te devuelve el dinero después de que hayas pagado tú al médico, en lugar de pagar la asistencia directamente.
La UGE incluye estos tres rasgos entre los que hacen inaceptable una póliza: «no se aceptan seguros de viaje, seguros basados únicamente en el reembolso de gastos médicos, seguros con copagos o períodos de carencia» [2]. La lógica es clara: el SNS presta asistencia de inmediato y sin pago adicional, y el organismo exige lo mismo a la alternativa privada.
La guía de la UGE no dice nada de la franquicia (importe fijo que paga el asegurado antes de que pague la aseguradora). Con las fuentes públicas no sabemos si se acepta una póliza con franquicia: enséñala a un abogado antes de presentar la solicitud.
Por qué se rechazan pólizas: lo que la administración excluye expresamente
No hemos encontrado estadísticas oficiales sobre los motivos de rechazo de los seguros. Lo que sigue es lo que la UGE y los consulados declaran inadmisible de forma expresa, no la frecuencia de los errores.
- Una póliza turística o de viaje [2][3][5].
- Una póliza de reembolso de gastos sin pago directo de la asistencia [2][3].
- Una póliza con copago o con carencias [2][3].
- Una aseguradora no autorizada para operar en España o no inscrita en la lista del organismo supervisor [1][6].
- Una cobertura más limitada que la del SNS [5][6].
- Una póliza más corta que la autorización: los consulados de Moscú y Estambul exigen que esté vigente durante todo el periodo [4][5].
Si las condiciones de la póliza no coinciden del todo con el requisito, la UGE aconseja adjuntar una carta explicativa [2]. No corrige la discrepancia, pero ayuda al tramitador a encontrar la cláusula correspondiente.
En qué se diferencian las formulaciones de la UGE y de los consulados
Cada organismo usa sus propias palabras, y no coinciden literalmente. Si presentas la solicitud en un consulado y luego renuevas ante la UGE, la misma póliza se revisa dos veces.
| Fuente | Qué dice sobre el seguro |
|---|---|
| Guía de documentos de la UGE | Cobertura equivalente al SNS; no se aceptan pólizas de viaje, solo de reembolso de gastos, con copago ni con carencias [2] |
| Preguntas frecuentes de la UGE | Póliza privada equivalente a la pública, con una aseguradora autorizada en España; las mismas exclusiones [3] |
| Consulado en Moscú | Aseguradora autorizada en España; póliza activa durante toda la autorización [4] |
| Consulado en Estambul | Cobertura equivalente al SNS; vigencia durante todo el periodo; las pólizas de viaje no son válidas [5] |
| Consulado en Bogotá | Aseguradora en la lista de la DGSFP; cobertura de todos los riesgos del sistema público; original y copia del certificado; no hace falta seguro si tienes cobertura del sistema público [6] |
La regla prudente: si la póliza cumple la versión más estricta, cualquier organismo tendrá menos preguntas. No podemos saber de antemano qué versión aplicará tu consulado o el tramitador de la UGE.
Cómo comprobar el seguro antes de contratarlo: paso a paso
- Abre la guía de documentos vigente de la UGE y la página de tu consulado, y contrasta los criterios en la fecha de contratación [2][4].
- Comprueba que la aseguradora está autorizada para operar en España y figura en la lista del organismo supervisor (DGSFP) [1][6]. No pudimos abrir el registro al preparar el artículo; búscalo en la web de la DGSFP.
- Pide a la aseguradora una confirmación por escrito de que la póliza no tiene copago ni carencias y de que la asistencia se paga directamente, sin reembolso.
- Comprueba la duración. Para el visado, los consulados de Moscú y Estambul hablan de la vigencia de la autorización [4][5], y la autorización solicitada desde España, según el consulado en Moscú, se concede por tres años [4]: una póliza de un año puede quedarse corta. Los materiales públicos no explican cómo cuenta el organismo el plazo para la autorización solicitada desde España.
- Asegúrate de que el certificado indica tu nombre y apellidos como en el pasaporte, el periodo y la relación de coberturas. Si el documento no está en español, hay que traducirlo: la UGE y el consulado en Moscú exigen la traducción de los documentos extranjeros [2][4].
Cuándo no hace falta seguro y qué pasa con los familiares
La guía de la UGE dice que no hacen falta documentos del seguro si, tras obtener la autorización, te afilias a la Seguridad Social española (régimen general para trabajadores por cuenta ajena, RETA para autónomos) [2]. El consulado en Bogotá dice lo mismo: no hace falta seguro si se acredita la cobertura del sistema público [6]. Con una empresa extranjera, esto suele significar que la empresa está inscrita en la Seguridad Social española y tú estás afiliado a ella. Más sobre la seguridad social: Digital Nomad y Seguridad Social.
Si el país del solicitante tiene con España un convenio internacional que cubre la asistencia sanitaria, en lugar de la póliza se presenta un certificado de derecho a asistencia emitido por el organismo competente de ese país [2]. Para ciudadanos de Rusia, Bielorrusia, Kazajistán y Ucrania no hemos confirmado que ese certificado sirva para la DNV, así que no cuentes con él.
Para los familiares, la guía de la UGE para familiares exige una póliza propia, salvo que reciban asistencia del SNS como beneficiarios a través de tu actividad [7]. El documento que encontramos es de una versión antigua, así que confirma las condiciones para la familia con el organismo.
Dónde entra el seguro en la solicitud y qué hacer ante un requerimiento
En el formulario electrónico de la UGE, el seguro tiene su propia línea, «seguro público o privado de enfermedad»: el archivo se sube junto con el pasaporte, la acreditación de ingresos y el justificante de la tasa [8]. Las instrucciones para emprendedores describen la misma interfaz; no hemos vuelto a comprobar la lista de líneas para el teletrabajo.
Si el seguro plantea dudas, llegará un requerimiento. En ese caso no envíes la misma póliza: explica cómo cumple el criterio o cambia de póliza. Cómo responder: requerimiento de la UGE. La lista general de documentos de la solicitud está en la lista de documentos para la residencia.
En qué podemos ayudarte
El equipo de ReloVictory puede contrastar las condiciones de la póliza que hayas elegido con los criterios de la UGE y de tu consulado, indicarte qué puntos conviene pedir por escrito a la aseguradora y preparar la carta explicativa para la solicitud. La parte jurídica la lleva el abogado del equipo. Reserva: consulta. Página del servicio: Residencia de nómada digital. Todo el recorrido paso a paso está en la hoja de ruta de la DNV, y una visión general de la mudanza en la página Residencia en Barcelona.
Preguntas frecuentes
¿Qué seguro médico hace falta para la residencia DNV en España?
¿Sirve un seguro de viaje para la residencia de nómada digital?
¿Qué son el copago y la carencia y por qué hacen que se rechace una póliza?
¿Por cuánto tiempo hay que contratar el seguro para la residencia de nómada digital?
¿Necesito seguro si me doy de alta en la Seguridad Social?
¿Necesitan seguro los familiares?
¿Qué importe mínimo de cobertura hace falta en el seguro para la DNV?
Fuentes oficiales
- BOE · Ley 14/2013, artículos 62, 74 bis - 74 quater, 75, 76 y disposición adicional 7 ↗
- Ministerio de Inclusión, UGE · Solicitudes iniciales de autorización para teletrabajadores de carácter internacional (documentos) ↗
- Ministerio de Inclusión, UGE · Preguntas frecuentes, teletrabajadores internacionales ↗
- Consulado de España en Moscú · Visado de teletrabajo de carácter internacional ↗
- Consulado de España en Estambul · Requisitos Visado Teletrabajo ↗
- Consulado de España en Bogotá · Visado de residencia para teletrabajo (nómada digital) ↗
- Ministerio de Inclusión, UGE · Documentación orientativa para solicitar autorización de residencia para familiares ↗
- Ministerio de Inclusión, UGE · Instrucciones para solicitar la autorización de emprendedores (introducción paso a paso en la sede, misma interfaz) ↗
Fuentes consultadas el 02.10.2026. Los textos consolidados y las páginas de referencia de los organismos tienen carácter informativo: la aplicación jurídica depende de las publicaciones oficiales, las modificaciones y las circunstancias concretas. Material revisado por el abogado Francisco Romero Jiménez (ICAB 33641) el 21.10.2026.
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Preparar tu listaCondiciones de ReloVictory: consulta de 15 minutos gratuita, consulta completa de 121 € por 45 minutos; la tramitación se presupuesta aparte, y las tasas y traducciones se pagan por separado. La parte jurídica la lleva el abogado del equipo; la fiscal y administrativa, una graduada social. Más información: sobre el equipo.
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ReloVictory · Fuentes consultadas el 02.10.2026 · No sustituye a una consulta jurídica individual.
