- La mayoría de las autorizaciones exigen seguro, pero con redacciones distintas. Para la no lucrativa, el reglamento exige seguro de enfermedad (artículo 61); para estudios, un seguro con cobertura similar a la cartera común del Sistema Nacional de Salud durante la estancia (artículo 35); para el DNV, un seguro público o privado con una aseguradora autorizada para operar en España (artículo 62 Ley 14/2013) [1][2].
- El consulado en Moscú, para la no lucrativa, pide el original y una copia del certificado de una aseguradora autorizada para operar en España, con cobertura de todos los riesgos que cubre el sistema público [4].
- Para el DNV, la UGE no acepta pólizas de viaje, pólizas solo de reembolso ni pólizas con copago y carencia (periodo de espera) [3].
- No necesitas seguro si te das de alta en la Seguridad Social. Así lo indica la hoja informativa de la UGE para el DNV; para el estudiante que trabaja, el requisito se cumple con el alta en la Seguridad Social (artículo 57) [1][3].
- En la renovación de la no lucrativa hay que acreditar que el seguro ha estado vigente durante toda la autorización y lo sigue estando (artículo 64) [1]. Este artículo recoge solo los requisitos de la Administración, sin nombres de compañías ni precios.
Qué seguro médico necesitas para la residencia: requisitos según el tipo de autorización
La ley habla del seguro de la misma forma para distintas categorías: se necesita un seguro de enfermedad público o privado. Los detalles están en el reglamento y en las hojas informativas de los organismos, y no coinciden de una autorización a otra. A continuación, lo que hemos encontrado en fuentes verificadas.
| Autorización | Qué se dice del seguro | Fuente |
|---|---|---|
| No lucrativa, solicitud inicial | Se exige seguro de enfermedad; consulado en Moscú: aseguradora autorizada en España, cobertura de todos los riesgos del sistema público | Reglamento, art. 61; consulado [1][4] |
| Estudios, visado | Aseguradora autorizada en España, cobertura similar a la cartera común del SNS, durante la estancia | Reglamento, art. 35; consulado [1][5] |
| DNV (teletrabajo de carácter internacional) | Seguro público o privado con aseguradora autorizada en España; sin pólizas de viaje, solo de reembolso, con copago ni con carencia | Ley 14/2013, art. 62; UGE [2][3] |
| Reagrupación familiar | Seguro para el reagrupante y los familiares | Reglamento, art. 67 [1] |
| Familia de un estudiante universitario | Se exige seguro de enfermedad | Reglamento, art. 56 [1] |
| Larga duración-UE | Seguro de enfermedad entre las condiciones | Reglamento, art. 176 [1] |
Para el trabajo por cuenta ajena, por cuenta propia y los distintos tipos de arraigo, no hemos encontrado en los artículos correspondientes del reglamento un requisito específico de póliza privada. Eso no significa que en la práctica la Administración no vaya a pedir nada: revisa la página de tu procedimiento. Quienes trabajan suelen acceder a la sanidad a través de la Seguridad Social, como se explica más abajo.
Qué significa «cobertura equivalente al sistema público»
Hay tres redacciones que aparecen con más frecuencia. La primera: «prestaciones similares a las concedidas por la cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud». Es la del visado de estudios, más la vigencia durante toda la estancia prevista [1]. La segunda, la del consulado: el seguro debe cubrir todos los riesgos que cubre el sistema público español [4]. La tercera, de la hoja informativa de la UGE: una cobertura equivalente al SNS [3].
En la práctica, esto significa que la póliza no puede limitarse a urgencias ni trasladar los gastos al solicitante. La UGE enumera los rasgos de forma explícita: no se aceptan pólizas de viaje, pólizas solo de reembolso (pagas al médico y después te devuelven el dinero), pólizas con copago (un pago por cada servicio) ni con carencia (un periodo tras la contratación en el que la asistencia no está cubierta) [3]. El análisis detallado para el DNV está en el artículo seguro médico para el DNV: criterios de la UGE.
Sobre la franquicia, una cantidad fija que pagas antes de que pague la aseguradora, las fuentes verificadas no dicen nada. No sabemos si se acepta una póliza así: enséñasela a un especialista antes de presentar la solicitud.
Cómo revisar el seguro antes de presentar: paso a paso
- Determina la autorización y el organismo. Visado en el consulado, solicitud en la Oficina de Extranjería o en la UGE: cada uno tiene su página y su redacción.
- Busca la redacción. En el reglamento (artículos 35, 56, 61, 67, 176), en la Ley 14/2013 (artículo 62) y en la página del consulado o la hoja informativa de la UGE [1][2][3][4].
- Comprueba la aseguradora. La ley exige que esté autorizada para operar en España. El consulado en Moscú enlaza el registro de entidades aseguradoras de la Dirección General de Seguros, donde puedes buscar la aseguradora por su nombre [4][7]. Si el nombre del registro coincide con el de tu contrato, tienes que comprobarlo tú.
- Pide las condiciones completas por escrito. Necesitas el ámbito territorial de cobertura, la fecha de inicio, la duración, las exclusiones, si hay copago y carencia y cómo se paga la asistencia. No basta con un titular en la web de la aseguradora o en el certificado.
- Comprueba la duración. Para estudiantes, la duración prevista de la estancia [1]; para el visado DNV, el consulado en Moscú exige que el seguro esté activo durante toda la vigencia de la autorización [6].
- Revisa a cada familiar. El reglamento exige seguro también para los familiares incluidos en la solicitud [1]. Si es una póliza familiar, compruébala persona por persona.
- Guarda los originales. El consulado en Moscú pide el original y una copia del certificado [4][5]. Guarda aparte las copias del justificante de pago y de las condiciones.
Seguro y Seguridad Social: cuándo no hace falta póliza
La póliza privada y la Seguridad Social española cubren obligaciones distintas, pero en algunos casos una sustituye a la otra. La hoja informativa de la UGE para el DNV lo dice claramente: no hacen falta documentos del seguro si, tras obtener la autorización, el solicitante se afilia a la Seguridad Social española [3]. Si al solicitante se le aplica un convenio internacional de Seguridad Social, la UGE espera el certificado de legislación aplicable y, si ese convenio no da derecho a asistencia sanitaria, exige seguro [3]. Para los estudiantes que trabajan con autorización, el artículo 57 del reglamento da por cumplido el requisito del seguro con el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social [1].
Para ciudadanos de Rusia, Bielorrusia, Kazajistán y Ucrania no hemos confirmado que esos certificados sean aplicables, así que mejor no contar con ellos. Y no hay que mezclar conceptos: el seguro privado no elimina la obligación de alta y cotización cuando tu autorización la impone [2]. Más sobre la Seguridad Social en el DNV: Digital Nomad y Seguridad Social.
Renovación: el seguro no debe interrumpirse
Para renovar la no lucrativa, el reglamento exige acreditar que el seguro ha estado vigente durante toda tu autorización y lo sigue estando (artículo 64.2.c). Entre los documentos figuran la acreditación de medios y el seguro para el periodo cuya renovación solicitas (artículo 64.3.b) [1]. Cualquier hueco en la cobertura tendrás que explicarlo.
No canceles el contrato antiguo hasta que entre en vigor el nuevo, y guarda el justificante de pago de cada periodo. El procedimiento general de renovación y los plazos de presentación los explicamos en los artículos renovación de la no lucrativa y documentos para renovar la residencia: checklist. Para el DNV, el consulado en Moscú pide un seguro activo durante toda la vigencia de la autorización [6], pero cómo encaja eso con la duración del propio visado no se explica en los materiales públicos.
Errores habituales con el seguro
- Trasladar la lista de requisitos de una autorización a otra. Las redacciones para no lucrativa, estudios y DNV son distintas, y la etiqueta publicitaria «para residencia» no sustituye la comprobación [1][3][4].
- Contratar una póliza con copago o carencia para el DNV. La UGE no acepta esas pólizas [3].
- Contratar un seguro de viaje para residir a largo plazo. No cumple ninguna de las redacciones verificadas.
- No comprobar la aseguradora. La ley exige que esté autorizada para operar en España [2].
- Contratar un año en lugar de toda la vigencia de la autorización. Para estudiantes hace falta la duración de la estancia [1], y para el visado DNV en Moscú, toda la vigencia de la autorización [6].
- Olvidarse de los familiares. Cada uno debe estar asegurado según las condiciones de su procedimiento [1].
- Cancelar la póliza antigua antes de que entre en vigor la nueva. En la renovación de la no lucrativa se comprueba la continuidad de la cobertura [1].
Cuándo conviene un análisis individual
Una revisión individual tiene sentido si cambias de autorización, presentas la solicitud para una familia con hijos y padres, ya tienes una póliza y dudas de si sirve, o vas a darte de alta en la Seguridad Social y no sabes si necesitas póliza hasta ese momento. Depende de la autorización, del consulado y de tu nacionalidad, así que aquí no vale una respuesta general. La parte jurídica la revisa el abogado del equipo.
En qué podemos ayudarte
El equipo de ReloVictory en Barcelona puede contrastar las condiciones de tu póliza con la redacción de tu procedimiento y la página del consulado, indicarte qué cláusulas del contrato conviene pedir por escrito a la aseguradora y preparar una carta explicativa para la solicitud. No valoramos ni recomendamos aseguradoras: solo comprobamos que se cumplen los requisitos de la Administración. Puedes pedir cita en el formulario de consulta; el esquema paso a paso para la autorización sin trabajo está en la hoja de ruta de la no lucrativa, y el servicio se describe en la página residencia no lucrativa.
Preguntas frecuentes
¿Qué seguro necesitas para la residencia no lucrativa?
¿Sirve un seguro de viaje para la residencia?
¿Necesito seguro si trabajo en España?
¿Hace falta seguro en la renovación de la residencia?
¿Por cuánto tiempo hay que contratar el seguro?
¿Puedo usar un seguro que no sea de España?
¿Sirve una sola póliza familiar para toda la familia?
Fuentes oficiales
- BOE · Real Decreto 1155/2024, artículos 35, 56, 57, 61, 64, 67, 176 (seguro de enfermedad), texto consolidado a 22.09.2026 ↗
- BOE · Ley 14/2013, artículo 62 (requisitos generales, seguro público o privado) ↗
- Ministerio de Inclusión, UGE · Solicitudes iniciales de autorización para teletrabajadores de carácter internacional (documentos) ↗
- Consulado de España en Moscú · Visado de residencia no lucrativa ↗
- Consulado de España en Moscú · Visado de estudios ↗
- Consulado de España en Moscú · Visado de teletrabajo de carácter internacional ↗
- Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones · Registro de aseguradoras y reaseguradoras ↗
Fuentes consultadas el 02.10.2026. Los textos consolidados y las páginas de referencia de los organismos tienen carácter informativo: la aplicación jurídica depende de las publicaciones oficiales, las modificaciones y las circunstancias concretas. Material revisado por el abogado Francisco Romero Jiménez (ICAB 33641) el 21.10.2026.
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ReloVictory · Fuentes consultadas el 02.10.2026 · No sustituye a una consulta jurídica individual.
