- Visado DNV: hasta 1 año, menos si el periodo de trabajo es más corto. El propio visado da derecho a vivir en España y teletrabajar mientras esté vigente; con él no necesitas TIE [1].
- Autorización desde España: hasta 3 años. Pueden solicitarla quienes están legalmente en España y los titulares del visado DNV [1]. El consulado en Moscú indica que las autorizaciones se conceden directamente por tres años [4].
- Renovación: por 2 años, siempre que se mantengan las condiciones que dieron derecho a la autorización [1].
- Puedes pedir un plazo inferior a tres años, y la ley no fija una duración mínima: según el criterio de gestión migratoria 2/2025, el plazo puede ser incluso inferior a 90 días [2].
- Si la autorización se concede por más de seis meses, tienes que tramitar la tarjeta TIE [1].
¿Por cuántos años se concede el visado de nómada digital?
El plazo depende de la vía. El visado del consulado tiene una vigencia de hasta un año, la autorización desde España de hasta tres años, y la renovación se concede por dos años [1]. Todas las cifras, en la tabla:
| Documento | Plazo máximo | Base legal |
|---|---|---|
| Visado DNV (consulado) | 1 año, menos si el periodo de trabajo es más corto | Ley 14/2013, art. 74 quater [1] |
| Autorización inicial (UGE) | 3 años, menos si se pide un plazo más corto | Ley 14/2013, art. 74 quinquies [1] |
| Renovación de la autorización | 2 años | Ley 14/2013, arts. 74 quinquies y 76 [1] |
¿Cuánto dura el visado de nómada digital expedido por el consulado?
Hasta un año o, si el periodo de trabajo es más corto, el mismo tiempo que dure el trabajo (artículo 74 quater, apartado 1) [1]. La regla general del visado de residencia en el artículo 75: la vigencia es de un año o igual a la de la autorización si esta es más corta, y con ese visado se puede vivir en España sin TIE [1]. El visado da derecho a vivir y teletrabajar mientras esté vigente (artículo 74 quater, apartado 2) [1].
Si quieres quedarte, solicita la autorización a la UGE en los últimos sesenta días naturales de vigencia del visado, siempre que se mantengan las condiciones que dieron derecho al visado [1][3]. Más sobre las vías: solicitud desde España o a través del consulado.
¿Cuánto dura la autorización de la UGE y se puede obtener por menos de tres años?
La autorización se concede por un plazo de hasta tres años, salvo que se pida uno menor (artículo 74 quinquies, apartado 2) [1]. El consulado en Moscú lo explica así: las autorizaciones se conceden directamente por tres años, y el visado por un máximo de uno [4].
La Dirección General de Gestión Migratoria aclaró en el criterio 2/2025 que las autorizaciones de la Ley 14/2013 no tienen duración mínima. Para los teletrabajadores, el plazo se fija «según el tiempo solicitado, con un máximo de tres años», y se admiten plazos inferiores a 90 días [2]. Por tanto, puedes pedir la autorización por la duración de la relación laboral y no por tres años por defecto. Qué plazo te conviene más depende del contrato con el empleador y de tus planes de vida en España.
Cuándo el visado o la autorización de nómada digital se conceden por menos tiempo
Un año y tres años son máximos, no plazos estándar. Son más cortos en dos casos:
- Visado: si el periodo de trabajo es inferior a un año, el visado dura lo mismo que el trabajo (artículo 74 quater, apartado 1)[1]. El consulado en Moscú añade que, si la autorización se concede por menos de un año, el visado tiene la misma validez que la autorización[8].
- Autorización: si usted mismo la solicita por un periodo de trabajo inferior (artículo 74 quinquies, apartado 2)[1]. Según el criterio 2/2025, las autorizaciones de teletrabajadores se conceden por el tiempo solicitado, con un máximo de tres años, y no hay duración mínima[2].
La diferencia de redacción importa. La ley vincula la duración del visado al periodo de trabajo, y la de la autorización al periodo que usted solicita[1]. Ni la ley ni el criterio 2/2025 dicen si la UGE acortará de oficio la autorización cuando un contrato temporal termina antes de tres años[1][2]. Elija con cuidado el plazo que pide y compárelo con las fechas del contrato.
Un plazo corto afecta al dinero y a la planificación. Si los ingresos se completan con ahorros, estos deben cubrir la diferencia durante toda la vigencia de la autorización[3]: cuanto más corto el plazo, menor la cantidad. Hay un ejemplo de cálculo en ingresos de la familia para el visado de nómada digital. A cambio, la renovación llega antes, y en cada renovación se vuelven a comprobar las condiciones[1].
Dos vías: plazos por el consulado y desde España
- A través del consulado: visado de hasta un año, después solicitud a la UGE en los últimos sesenta días del visado, autorización de hasta tres años y luego renovación por dos años [1].
- Desde España: directamente una autorización de hasta tres años si estás en el país de forma legal y luego renovación por dos años [1].
Como comparación: en Portugal, la autorización del visado D8 se concede por dos años, con renovaciones por periodos de tres años; más información en el artículo DNV o D8 en Portugal. El procedimiento paso a paso por ambas vías está en la hoja de ruta de la DNV, y la solicitud de renovación la describe la hoja de ruta «Renovación».
¿Por cuánto tiempo se renueva la residencia de nómada digital?
La renovación se concede por un periodo de dos años siempre que se mantengan las condiciones que dieron derecho a la autorización (artículos 74 quinquies, apartado 3, y 76, apartado 3) [1]. La solicitud se presenta por vía electrónica. La Dirección General de Migraciones puede pedir informes para comprobar que las condiciones se mantienen [1].
Presentar la solicitud de renovación prorroga la vigencia de la autorización actual hasta que se resuelva. Lo mismo ocurre si se presenta dentro de los noventa días posteriores al fin de la vigencia, aunque puede abrirse un procedimiento sancionador [1]. El importe de la tasa de renovación figura en la tabla de tasas con el código 038 en la página del organismo; compruébalo antes de pagar. Más detalles en el artículo sobre las tasas de la DNV.
Qué pasa si el contrato con la empresa termina antes que la autorización
La autorización se sostiene sobre las condiciones que dieron acceso a ella, y hay que mantenerlas durante toda la vigencia del visado o de la autorización (disposición adicional séptima de la Ley 14/2013)[1]. El fin del contrato cambia esas condiciones. Lo que se deriva de ello:
- Comunicarlo a la UGE en 30 días. Cualquier modificación que afecte a las condiciones de admisión se comunica a la UGE en el plazo de 30 días (disposición adicional séptima, apartado 2)[1]. Según la guía de la UGE, esa comunicación se presenta por el mismo procedimiento que la solicitud inicial[3].
- Nuevo contrato con una empresa extranjera. En una modificación de condiciones no se vuelve a exigir la relación mínima de tres meses con la empresa, porque ya quedó acreditada al conceder la autorización o el visado[3]. A nuestro entender, el resto de requisitos, incluidos los ingresos, se valorarán con el nuevo contrato.
- Si ya no se cumplen las condiciones. La administración puede comprobarlas en cualquier momento y extinguir el visado o la autorización de manera motivada, previo trámite de audiencia[1].
- Cambio a otra autorización. Se puede pasar a otra autorización de la Ley 14/2013 si se reúnen sus requisitos, o a una autorización del régimen general conforme al título XI del Reglamento[7]. Las opciones se explican en cambio de la residencia de nómada digital a otra autorización.
Los textos oficiales no determinan cuánto tiempo se puede estar sin contrato manteniendo la autorización. Por eso no esperaríamos: conviene preparar la comunicación a la UGE y un plan con un nuevo contrato en cuanto se conoce la fecha de fin del trabajo. Un autónomo que pierde uno de varios contratos también debe recalcular sus ingresos: el umbral rige durante toda la vigencia de la autorización, no solo el día de la solicitud[1].
¿Hace falta la TIE y cuándo se puede solicitar la residencia de larga duración?
Si la autorización se concede por más de seis meses, hay que solicitar la tarjeta TIE (artículo 76, apartado 2) [1]. Con el visado no se tramita TIE [1].
El preámbulo de la Ley 28/2022, que introdujo la DNV, dice que la residencia de larga duración es posible a los cinco años [5]. Los artículos 74 bis - 74 quinquies no dicen nada al respecto; los requisitos de la larga duración están en el Reglamento y se explican en este artículo. No lo des por un derecho automático: todo depende de tu caso, consúltalo con un abogado.
Las condiciones generales de la larga duración-UE están en los artículos 176 y 177 del Reglamento (RD 1155/2024): cinco años de residencia legal y continuada, recursos fijos y regulares suficientes y seguro de enfermedad[6]. Cómo encajan con los plazos del visado y de la autorización se ve en la sección siguiente.
Del visado de nómada digital a la residencia de larga duración y la nacionalidad: plazos año a año
Abajo está la vía consular con los plazos máximos. Si se presenta desde España, la primera fila desaparece y el camino empieza directamente con la autorización de la UGE[1].
| Etapa | Plazo | Cuándo se presenta y quién resuelve | Base legal |
|---|---|---|---|
| Visado en el consulado | Hasta 1 año | El consulado resuelve en 10 días hábiles[1] | Ley 14/2013, arts. 74 quater y 75[1] |
| Autorización de la UGE | Hasta 3 años | En los últimos 60 días naturales del visado. La UGE resuelve en 20 días y el silencio es positivo[1] | Ley 14/2013, arts. 74 quinquies y 76[1] |
| Renovación | 2 años | Por vía electrónica. La solicitud prorroga la autorización vigente hasta la resolución[1] | Ley 14/2013, art. 76, apartado 3[1] |
| Larga duración-UE | Indefinida, la TIE se renueva por primera vez a los 5 años | Tras 5 años de residencia legal y continuada, en la oficina de extranjería de la provincia. Resolución en 3 meses y silencio positivo[6] | RD 1155/2024, arts. 175 a 178[6] |
| Nacionalidad | Plazo general de 10 años de residencia, también para nacionales rusos | Residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición[9] | Código Civil, art. 22[9] |
Los cinco años se alcanzan tanto por el consulado (un año de visado y cuatro de autorización) como desde España (tres años de autorización y dos de renovación). Para la larga duración hacen falta cinco años de residencia legal y continuada. Las ausencias de hasta seis meses seguidos y de hasta diez meses en total en cinco años no rompen la continuidad, y por motivos laborales el límite es de 18 meses. Además se exigen recursos fijos y regulares suficientes, con las cuantías de la reagrupación familiar, y seguro de enfermedad[6]. El artículo 176 no aclara qué es una ausencia por motivos laborales para un teletrabajador.
En ningún texto se dice expresamente si el año de visado cuenta para esos cinco años. El consulado indica que el visado acredita la residencia en España durante su validez[8], y el artículo 176 exige precisamente residencia legal[6]. Si el año de visado cuenta, los cinco años se cumplen antes de que termine la renovación. El plazo de dos meses antes del vencimiento de la autorización vigente no se aplica a quien ya cumple los requisitos del artículo 176[6]. Cálculo detallado: cómo contar los cinco años para la larga duración en España, nacionalidad: nacionalidad española por residencia.
Preguntas frecuentes
¿Por cuántos años se concede la DNV en España?
¿Cuánto dura el visado de nómada digital?
¿Se puede obtener la DNV directamente por tres años?
¿Se puede pedir la DNV por menos de tres años?
¿Por cuánto se renueva la DNV después de tres años?
¿Cuántos años después del visado de nómada digital se puede obtener la larga duración?
¿Qué hacer si el contrato termina antes que la autorización?
¿Se puede seguir en España mientras la UGE tramita la autorización?
Fuentes oficiales
- BOE · Ley 14/2013, artículos 74 bis - 74 quinquies, 75 y 76 ↗
- Ministerio de Inclusión · UGE: Criterio de gestión 2/2025 DGGM, duración de las autorizaciones de residencia ↗
- Ministerio de Inclusión · UGE: documentos para solicitudes iniciales de teletrabajadores ↗
- Consulado de España en Moscú · Visado de teletrabajo de carácter internacional ↗
- BOE · Ley 28/2022 (preámbulo y disposición final quinta, DNV) ↗
- BOE · Real Decreto 1155/2024 (Reglamento), artículos 175 a 178 (larga duración-UE) ↗
- Ministerio de Inclusión · UGE: preguntas frecuentes sobre autorizaciones de teletrabajadores ↗
- Consulado de España en Moscú · Visado de residencia para teletrabajo (nómada digital): validez del visado ↗
- BOE · Código Civil, artículo 22 (nacionalidad por residencia) ↗
Fuentes consultadas el 20.10.2026. Los textos consolidados y las páginas de referencia de los organismos tienen carácter informativo: la aplicación jurídica depende de las publicaciones oficiales, las modificaciones y las circunstancias concretas. Material revisado por el abogado Francisco Romero Jiménez (ICAB 33641) el 21.10.2026.
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ReloVictory · Fuentes consultadas el 20.10.2026 · No sustituye a una consulta jurídica individual.
